El reciente apagón eléctrico, que ha sacudido a buena parte de España, si no a España completa, ha dejado a miles de ciudadanos con pérdidas, algunas más grandes que otras, desde electrodomésticos inutilizados, alimentos estropeados, hasta viajes cancelados. Las consecuencias han sido diversas y, en muchos casos, costosas. Sin embargo, la pregunta que más se repite es: ¿se puede reclamar por estos daños?
La respuesta no es sencilla, hay que decirlo de antemano. Todo dependerá del tipo de perjuicio sufrido, de las coberturas incluidas en tu seguro, del hogar o de viaje, y de sí finalmente se identifican responsables del incidente. Por eso, es clave conocer qué se puede exigir legalmente y qué no, además de actuar con rapidez y recopilar todas las pruebas posibles, siendo este un tema poco conocido por las personas, con frecuencia cumplimos con las normas, nos hacemos un seguro y no sabemos por qué estamos pagando.
¿Qué daños no se pueden reclamar como consecuencia del apagón?
Hasta ahora no se ha determinado con claridad el origen del apagón, lo que impide señalar culpables, y este es un tema que afecta enormemente las reclamaciones. En estas situaciones, la ley considera que estamos ante un caso de fuerza mayor, lo que exime a las compañías eléctricas y a otros servicios de asumir responsabilidades legales o económicas.
Esto significa que no puedes reclamar compensaciones por la falta de suministro eléctrico ni por las cancelaciones de servicios provocadas por esta causa. Tampoco puedes exigir indemnizaciones a bancos, plataformas digitales o empresas de transporte si su funcionamiento se vio interrumpido debido al apagón. Sin embargo, como todavía no se tienen claras las causas del apagón, las esperanzas de poder reclamar una indemnización se mantiene.
¿Qué sí se puede reclamar?
Ocurre lo contrario con los afectados por viajes programados, si tenías programado un viaje en tren o avión y fue cancelado, si puedes presentar una reclamación. Las compañías están obligadas a devolverte el importe del billete o a ofrecerte un transporte alternativo en el menor tiempo posible. Además, si te viste atrapado en estaciones o aeropuertos, tienes derecho a recibir comida, bebida y, si fuera necesario, alojamiento pagado por la empresa.
En el caso de tu vivienda, si cuentas con un seguro del hogar multirriesgo, puedes reclamar por los electrodomésticos dañados o alimentos que se estropearon por la falta de refrigeración. Eso sí, es importante que actúes rápido: tienes un máximo de 7 días para presentar la reclamación ante tu aseguradora. Otra buena noticia para los afectados por el apagón, así que si tienes electrodomésticos dañados o has perdido un viaje, estás a tiempo de recuperar el dinero invertido.
¿Y si no tengo seguro?
Si no dispones de un seguro que cubra daños por cortes eléctricos, las opciones para reclamar son muy limitadas. Ni tu aseguradora ni el Consorcio de Compensación de Seguros asumirán responsabilidades en estos casos, puedes revisar la letra pequeña de la póliza para asegurarte.
Sin embargo, algunas comunidades autónomas están evaluando medidas compensatorias, como descuentos en la factura de la luz si se cumplen ciertos requisitos. Y si no lo tienes, después de este con toda seguridad llamarás a tu corredor para pedir que se incluyan los apagones dentro de la póliza.
Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se ha planteado aplicar bonificaciones si el corte superó las seis horas y afectó al 100% de los abonados. Aunque aún no hay decisiones oficiales, esta podría ser una vía de alivio económico para quienes se han visto más perjudicados.
¿Qué cubren las aseguradoras en caso de apagón eléctrico?
En España todos los hogares están obligados a contar con un seguro de hogar, y en ese caso solo hay que determinar si es un seguro de hogar multirriesgo, en caso de encontrar esta cláusula en la póliza, es bastante probable que estés protegido por algunos daños derivados del apagón. Suelen encontrarse en este tipo de pólizas, compensaciones para electrodomésticos averiados, pérdida de alimentos por la interrupción del suministro eléctrico o incluso daños estructurales si los hay.

No obstante, todo dependerá de las condiciones específicas de la póliza contratada. Por eso, el primer paso debe ser revisar detenidamente el contrato o ponerse en contacto directo con la aseguradora para aclarar si el suceso encaja dentro de las coberturas por fuerza mayor. Otro detalle importante que se debe considerar, es que los plazos para reclamar son limitados. En la mayoría de las pólizas, el plazo para notificar los daños suele ser de siete días naturales desde el momento del incidente.
Aunque de momento no se haya determinado un responsable claro del apagón, el presidente de Gobierno ha anunciado que siguen las investigaciones, tener estas pruebas puede ser clave si más adelante se abre una vía de compensación formal. Para presentar la reclamación de forma correcta, es indispensable contar, entre otros documentos, fotografías de los daños, facturas originales de los electrodomésticos afectados, presupuestos de reparación y cualquier otro documento que acredite la pérdida.