Los controles de Hacienda se hacen cada día más intensos, esta vez el organismo ha puesto el ojo en las operaciones que se realizan en efectivo, sobre todo aquellas que superan ciertos límites, estamos hablando de ingresos o retiradas superiores a los 3.000 euros. Estas operaciones deben ser comunicadas por las entidades bancarias a la Agencia Tributaria, ya que se consideran de riesgo por su posible relación con actividades ilícitas como el blanqueo de capitales. Incluso si se trata de una sola operación puntual, esta puede ser motivo de revisión si no se justifica debidamente el origen del dinero.
Otra de las formas de control implementadas por Hacienda es el relacionado con los movimientos fraccionados. Esta práctica, conocida como «pitufeo» o «smurfing», consiste en dividir grandes cantidades de dinero en operaciones más pequeñas y cercanas en el tiempo, con la intención bastante evidente, además, de evitar los umbrales de vigilancia.
Pero para los que creían que este sistema estaba fuera del foco del organismo se equivocan, porque los sistemas de Hacienda están diseñados para detectar estos patrones, por lo que varias transacciones de 1.000 euros, por ejemplo, realizadas en pocos días, pueden activar alertas automáticas y dar lugar a inspecciones más detalladas.
¿Qué documentación se necesita para justificar ante Hacienda las operaciones?
Una forma efectiva de evitar este tipo de sanciones es justificando el origen y sobre todo el destino del dinero. Y en ese sentido, Hacienda tiene previsto una serie de documentos que sirven para acreditar el origen del dinero y el país a donde se envía.
Entre los más habituales están las facturas legales, contratos firmados ante notario, justificantes de donaciones o herencias, así como extractos bancarios donde se observe la trazabilidad del dinero en cuestión. Otra forma de evitar estas sanciones es a través de las declaraciones de impuestos previas, es decir, aquellas en las que se refleje ese dinero, es una forma efectiva de demostrar la legalidad del movimiento bancario.
En caso de no disponer de las pruebas que justifiquen ese dinero, Hacienda puede considerar un indicio de fraude en el movimiento y en el peor de los casos, un blanqueo de capitales, lo que expone al afectado a sanciones que pueden alcanzar hasta 150.000 euros o el 150% del importe no declarado. Por eso, siempre es recomendable mantener un registro ordenado de cualquier operación relevante y consultar con un asesor fiscal cuando haya dudas.
¿Qué pasa con los pagos en efectivo que no se justifican ante Hacienda?
Esta normativa entró en vigor desde el año 2021, y desde entonces todas las operaciones que se realizan en efectivo entre las empresas e incluso entre profesionales han estado limitadas a un máximo de 1.000 euros. Cualquier pago que supere este umbral debe realizarse por medios electrónicos o bancarios.
La normativa también expone que el no cumplimiento de esta medida puede suponer el pago de una multa del 25 % del importe pagado y en el peor de los casos, tanto el pagador como el receptor pueden ser sancionados, independientemente de quién haya iniciado la transacción. Esta medida busca reducir el uso del dinero físico en operaciones comerciales, ya que el efectivo dificulta el rastreo y favorece la economía sumergida.
En el caso de los turistas extranjeros, se permite un margen mayor: hasta 10.000 euros en efectivo. Sin embargo, si el pagador no acredita que reside fuera de España, también podría enfrentarse a sanciones. Por eso es vital respetar los límites y exigir siempre justificantes en operaciones de cierto volumen.
¿Y si viajas con dinero?
En la norma también se contempla los límites de aplicación, dentro del territorio español, se permite llevar hasta 100.000 euros en efectivo sin necesidad de declararlo. Sin embargo, si se transporta una cantidad igual o superior, es obligatorio declararlo a través del modelo S-1, incluso si se trata de un trayecto dentro del país.
No hacerlo puede suponer multas que alcanzan el 50% del importe no declarado, especialmente si se sospecha que el dinero proviene de actividades ilícitas. Cuando se entra o sale de España, el límite sin declarar se reduce a 10.000 euros. Si el viajero lleva una cantidad superior, debe también presentar el modelo S-1 en la aduana.
Queda claro que con esta normativa, Hacienda intenta controlar el flujo de dinero entre fronteras, sobre todo dinero en efectivo y de esta manera evitar la evasión fiscal y en el peor de los casos, la financiación de actividades ilegales. Por tanto, declarar el dinero transportado no solo es una obligación legal, sino una forma de evitar sanciones muy graves.
¿Qué deben tener en cuenta los autónomos y negocios en efectivo?
En el caso de los autónomos y las pequeñas empresas o negocios, sobre todo en sectores como el de la hostelería o el comercio minorista, que como sabemos trabaja normalmente con dinero en efectivo, las medidas de precaución se deben extremar. Es fundamental llevar un registro diario de caja, conservar facturas y tickets, y realizar ingresos regulares en el banco.
Cuando se acumulan grandes cantidades de dinero en efectivo y las operaciones bancarias que se realizan no cuentan con un justificante en documentos físicos, evidentemente se pueden generar sospechas, lo que podría derivar en una inspección por parte de Hacienda. Además, es crucial no caer en la tentación de fraccionar ingresos para evitar los controles automáticos.
Este tipo de prácticas, aunque ocurren con frecuencia en estos sectores (autónomos, hostelería, pequeños comercios, etc.) pueden generar infracciones si no están bien soportadas. Para evitarlas, lo recomendable es implementar medidas de control interno, como sistemas de contabilidad adecuados y asesoramiento fiscal profesional.