Especial 20 Aniversario

Los objetos prohibidos por la DGT pueden costarte hasta 30.000 euros de multa

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Uno de los aspectos que la Dirección General de Tráfico (DGT) vigila con mayor severidad es el transporte de armas u objetos considerados peligrosos. Llevar un arma de fuego en el vehículo sin la autorización correspondiente está tipificado como una infracción grave, con sanciones que pueden superar los 30.000 euros. Además, si los agentes consideran que existe un riesgo potencial para la seguridad pública, el conductor podría enfrentarse a cargos penales, incluyendo penas de prisión de entre 3 y 6 meses.

Pero no solo las armas de fuego están prohibidas por la DGT. Cualquier objeto que pueda utilizarse como arma puede ser motivo de sanción si no se justifica su presencia en el vehículo. En este artículo te contaremos en detalle qué dice la normativa sobre la portación de objetos.

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Dispositivos de vigilancia y caza ilegal: ¿qué no puedes llevar?

Dispositivos de vigilancia y caza ilegal: ¿qué no puedes llevar?
Fuente: Agencias

En los últimos años, la DGT ha incrementado los controles sobre dispositivos que podrían utilizarse para actividades ilegales, como la caza furtiva o la vigilancia no autorizada. Las gafas térmicas, por ejemplo, están prohibidas si no se cuenta con un permiso específico, ya que suelen asociarse a la caza nocturna ilegal. Lo mismo ocurre con las cámaras ocultas o los equipos para interceptar comunicaciones, cuyo transporte sin autorización puede acarrear multas elevadas.

Incluso las linternas pueden ser problemáticas si están modificadas, según informó la DGT. Mientras que una linterna convencional no supone ningún riesgo, aquellas con luces de alta intensidad capaces de deslumbrar a otros conductores están reguladas. Si los agentes consideran que pueden utilizarse de forma peligrosa —por ejemplo, para cegar a otros vehículos—, el conductor podría enfrentarse a una sanción económica considerable.

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