El Ministerio de Consumo pide a las empresas que marquen en la etiqueta los alimentos de zonas ocupadas por Israel

El correcto etiquetado de productos procedentes de territorios ocupados por Israel es crucial para garantizar la transparencia y el derecho a la información de los consumidores españoles. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha emitido una nota informativa dirigida a empresas importadoras, recordando la obligatoriedad de indicar el origen de estos productos de forma clara y precisa en el etiquetado, de acuerdo con la normativa europea e internacional.

Normativa europea e internacional sobre el etiquetado de origen

La nota informativa del Ministerio se basa en la Nota Interpretativa 2015/C 375/05 de la Comisión Europea y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2019 (Asunto C.363/18), que establecen directrices específicas para el etiquetado de productos originarios de territorios ocupados por Israel desde junio de 1967. Estas normativas buscan evitar la confusión y garantizar que la información proporcionada a los consumidores sea veraz y no induzca a error.

El Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la información alimentaria facilitada al consumidor, refuerza esta obligación de transparencia en el etiquetado, exigiendo que la información sea precisa y no engañosa, especialmente en lo que respecta al origen geográfico de los productos.

En línea con el Derecho Internacional y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la denominación «producto de Israel» se considera incorrecta para productos procedentes de los Altos del Golán, Cisjordania (incluido Jerusalén Este), ya que estos territorios no son reconocidos como parte del Estado de Israel. Para estos productos, se debe indicar el origen específico del territorio, añadiendo la mención «(asentamiento israelí). Ejemplos de etiquetado correcto serían: «producto de los Altos del Golán (asentamiento israelí)» o «producto de Cisjordania (asentamiento israelí)».

Por otro lado, los productos originarios de Palestina, que no provengan de asentamientos israelíes, deben etiquetarse con indicaciones geográficas precisas y no engañosas, conforme a la práctica internacional. Ejemplos de etiquetado adecuado serían: «producto de Cisjordania (producto palestino)», «producto de Gaza» o «producto de Palestina». Esta diferenciación clara permite a los consumidores tomar decisiones informadas, considerando el origen de los productos y sus implicaciones éticas, políticas o comerciales.