El Gobierno no ve «señal de sospecha» de reacción adversa del tratamiento de bloqueo de pubertad para cambio de sexo

El Gobierno español ha respondido a una pregunta parlamentaria sobre los tratamientos de reasignación de género en menores, asegurando que hasta la fecha no se ha identificado «ninguna señal de sospecha» de reacción adversa en los casos de bloqueo de pubertad.

Según la respuesta del Ejecutivo, la información sobre la seguridad de estos tratamientos está condicionada por la publicación o notificación de los casos por parte de los profesionales sanitarios o pacientes. Para facilitar dichas notificaciones, se ha habilitado un formulario electrónico disponible en la web ‘www.notificaRAM.es’.

Legislación Vigente Sobre Tratamientos de Reasignación de Género en Menores

En relación a la normativa aplicable, el Gobierno señala que la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI prohíbe «todas aquellas prácticas de modificación genital en personas menores de doce años, salvo en los casos en que las indicaciones médicas exijan lo contrario en aras de proteger la salud de la persona.

Para el caso de personas menores entre 12 y 16 años, la ley establece que «solo se permitirán dichas prácticas a solicitud de la persona menor siempre que, por su edad y madurez, pueda consentir de manera informada a la realización de dichas prácticas».

Asimismo, el Gobierno recuerda que el Código Penal establece que «el consentimiento válido, libre, consciente y expresamente emitido exime de responsabilidad penal» en los supuestos de «cirugía transexual realizadas por facultativo, salvo que el consentimiento se haya obtenido viciadamente, o mediante precio o recompensa, o el otorgante sea menor de edad o carezca absolutamente de aptitud para prestarlo».

El Gobierno Destaca la Importancia de Protocolos y Servicios Especializados

Finalmente, el Gobierno subraya que la Ley trans establece que las «Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, elaborarán y desarrollarán protocolos y procedimientos específicos para la atención de las personas trans» y que «podrán establecer servicios especializados conformados por equipos multidisciplinares de profesionales».

En definitiva, el Gobierno español se ha pronunciado sobre este asunto, reafirmando que no se han detectado señales de reacción adversa en los tratamientos de bloqueo de pubertad y recordando el marco legal vigente en materia de reasignación de género en menores, así como la importancia de contar con protocolos y servicios especializados para la atención a este colectivo.