En un mundo digital cada vez más interconectado, el impacto y la influencia de los ‘influencers’ han adquirido una relevancia sin precedentes. Estos creadores de contenido, con su capacidad de llegar a audiencias masivas a través de plataformas como TikTok y Twitch, se han convertido en figuras clave en el panorama de la comunicación audiovisual.
Ante este escenario, el Gobierno de España ha dado un paso importante para regular la actividad de estos ‘influencers’, con la creación del Registro Estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual.
La Definición del ‘Influencer’ en España
Según el Real Decreto 444/2024, un ‘influencer’ en España se define como aquella persona que cumple con ciertos requisitos clave. Estos incluyen ingresos iguales o superiores a 300.000 euros brutos al año, provenientes principalmente de contenidos patrocinados, así como un mínimo de un millón de seguidores en una sola plataforma y la publicación de al menos 24 vídeos al año, es decir, dos vídeos al mes.
El Registro Estatal de ‘Influencers’
La Ley General de Comunicación Audiovisual (Ley 13/2022), aprobada hace dos años, establece que los ‘influencers’ que cumplan con estos requisitos deben inscribirse en el Registro Estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual. Este registro, previsto en el artículo 39 de la ley, otorga a los ‘influencers’ un plazo de dos meses, a partir del 2 de mayo de 2024, para completar su inscripción.
En el momento de redactar esta noticia, se han registrado 47 ‘influencers’ con la denominación de «Usuarios de Especial relevancia que emplean servicios de intercambio de vídeos a través de la plataforma» (UER). Entre ellos, se encuentran Dulceida, Adri Contreras, Ángela Marmol, Alexelcapo, YOSOYPLEX, Gala González, Lyna, Verdeliss y Cristinini.
Otros nombres destacados que forman parte de este listado son Ibai Llanos, Nachter, IlloJuan, Iker Unzu, Javier Santaolalla, Jordi Wild, El Xokas, Xuso Jones, María Pombo, Laura Escanes, Lola Lolita, Rocío Osorno, Nil Ojeda, Mery Turiel, Paula Echevarría y Nuria Roca.
Implicaciones y Alcance del Registro
Es importante destacar que este registro no solo contempla a los ‘influencers’, sino también a los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma (VSP), como CentroWebs, OleCams y Tokyvideo, así como a los agregadores, como Digi, Embou, Rakuten TV, PepePhone y Orange. Además, se incluye a los considerados prestadores de servicios de comunicación audiovisual (SCA), como Filmin, Kiss FM, Atresmedia, Trece TV, RTVE, DAZN y Mediaset.
La creación de este registro representa un paso importante hacia la regulación y control de la actividad de los ‘influencers’ y demás actores del ecosistema digital. Al exigir la inscripción de estos agentes, el Gobierno de España busca garantizar la transparencia, la responsabilidad y el cumplimiento de las normas establecidas en la Ley General de Comunicación Audiovisual, con el objetivo de proteger a los consumidores y fomentar prácticas éticas en el entorno digital.