La convocatoria de elecciones para el próximo 23 de julio ha cogido a parte de la población pensando en si prefiere ir a la playa o votar presencialmente. Pero en las mesas electorales no hay vacaciones, solo puedes librarte si ese día tu trabajo es prácticamente de vida o muerte.
Un gran tanto por ciento de la ciudadanía ha recibido en algún momento esa fatídica carta certificada que requiere de tus servicios a la patria, y no precisamente por ser militar, sino porque te toca participar de pleno en la fiesta de la democracia. Seguro que si te ha tocado has pensado en algún momento, qué tengo que hacer para no acudir a ser miembro de la mesa. O por qué no le ofrecen esta posibilidad a las personas paradas que necesitan acuciantemente algo de dinero.
Pues si has quemado los buscadores de respuestas. Te explicamos que al margen de las situaciones personales de enfermedad o discapacidad, de cuidado de personas, familiares, que no se pueden valer por si mismo… También hay empleos que te liberan de la dura carga de la democracia.
Según explica la Junta Electoral Central (JEC) en su portal web las personas que durante el día de la votación, tengan que trabajar precisamente en este servicio, en la JEC, a los Juzgados, Administraciones Públicas, incluidos los notarios, están exentos de participar como mesa electoral.
La acreditación de la petición de no ser parte de la mesa, depende de tus superiores, que deben detallar en un informe porqué precisamente ese día eres vital en tu puesto de trabajo y no puedes acudir a controlar las votaciones.
Uno de los supuestos en los que se sobreentiende que se pueden librar de esta jornada electoral, son las personas cuyos servicios laborales tienen una importancia vital: médicos, sanitarios, protección civil, bomberos…En este caso la justificación consiste en un informe emitido por el responsable del servicio, en el que se debe especificar los motivos que impiden la sustitución del interesado durante la jornada electoral.
Los periodistas no nos íbamos a quedar atrás y también tenemos una posibilidad de esquivar la jornada electoral. Los directores de medios de comunicación generalistas y los jefes de servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral están libres de ser mesa.
Por último, los profesionales que tengan que participar en acontecimientos públicos, que estén previstos con anterioridad, cuando la no participación del interesado obligue a suspender el acontecimiento produciendo perjuicios económicos relevantes.
Si cumples alguno de estos requisitos, sepa usted que no está exento al cien por cien. La Junta Electoral de Zona competente debe aceptar o rechazar las causas alegadas.
¿Qué pasa si me intento librar sin justificarlo?
Si te ha tocado ser mesa electoral, seguro que cuando ha sonado el despertador a primera hora de la mañana, un domingo, te has acordado de cada uno de los políticos que van en las listas y sin haberlas leído.
Pues el no presentarse a la mesa electoral sin causa justificada puede salir bastante caro. Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG): “el presidente y los vocales de las mesas electorales, así como sus suplentes, que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones o las abandonen sin causa justificada incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a veinticuatro meses”
Pese a que en España no hay registros de personas que hayan ido a la cárcel por no presentarse en la mesa electoral, sí que hay registros de las multas a pagar.
Un ejemplo de ello es la mujer que en 2014 no se presentó a su mesa en Hervás (Cáceres), para los comicios europeos de 2014. Por lo que fue sancionada con una multa de 4.800€ que posteriormente sería rebajada a 2.400€.