El ministro de Universidades, Joan Subirats, ha anunciado este lunes que su Departamento prevé llevar el anteproyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) al Consejo de Ministros «en las próximas semanas», ya que la idea es que sea aprobada definitivamente en esta legislatura.
Según ha recalcado el ministro, se trata de «una ley que quiere que las universidades estén más conectadas con la sociedad, que quiere internacionalizar el sistema«, pero también se trata de una norma con un «enfoque firme de derechos» que, además, «revaloriza la función docente», «reduce la precariedad» del personal docente e investigador (PDI) y dota a las universidades de más financiación.
«Es una ley que es urgente, necesitamos tener un nuevo marco normativo para afrontar los retos que tiene la Universidad, que ofrece las herramientas para afrontar este cambio de época«, ha añadido Subirats. «Una ley que aborde los problemas de hoy y prepare a la Universidad para el futuro».
En rueda de prensa, el ministro y el secretario general de Universidades, José Manuel Pingarrón, han destacado las líneas principales del borrador del anteproyecto, que han dado a conocer este lunes a los medios.
La LOSU, según han afirmado ambos, pretende acabar con la precariedad laboral, estabilizar el sistema y rejuvenecer las plantillas, ya que la edad media de los Doctores es de 40 años y la de estabilización es de entre 45 y 46 años.
Para ello, se recoge que el profesorado con contrato laboral temporal no podrá superar el 20% de la plantilla de personal docente e investigador (PDI). También se modifica la figura del profesor asociado, que ahora tendrá limitada la docencia a 120 horas, así como de la figura de profesor visitante, que se limitará la duración de su contrato a dos años. Asimismo, se crea una nueva figura de sustituto, que sustituirá al PDI con derecho a reserva de puesto de trabajo.
Además, la Ley, según ha indicado Pingarrón, diseña una carrera académica más estable y más corta. Según ha señalado Pingarrón, la idea es que en 10 años una persona que accede a profesor universitario se estabilice en el sistema: el candidato entra a la Universidad con contrato predoctoral de 4 años para hacer la tesis, y una vez acabada la tesis, podrá acceder a una de las plazas de contratado postdoctoral mediante un contrato de 6 años. Si al cabo de esos 10 años, el docente tiene acreditación para cualquier figura permanente, entonces pasarán a formar parte del sistema.
La Ley también recoge otros cambios. Así, recogerá una mejora de la financiación pública, con el fin de llegar al 1% del PIB, ya que, tal y como ha lamentado Subirats, en los últimos años la financiación ha bajado un 20% y la Universidad no ha recuperado el nivel de inversión que tenía en 2009.
MICROCREDENCIALES Y MICROGRADOS
El borrador establece que las universidades, además de impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales, podrán impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos propios, «incluidos los de formación a lo largo de la vida».
En este sentido, la LOSU recoge que «la formación a lo largo de la vida podrá desarrollarse mediante distintas modalidades de enseñanza, incluidas microcredenciales, microgrados u otros programas de corta duración«. El texto no añade más al respecto, si bien Subirats ha precisado que estas microformaciones servirán para la actualización de contenidos.
Según ha explicado el ministro, estas microcredenciales están pensadas como «títulos propios, no oficiales», que pueden tener duraciones variadas, «entre 4 y 40 créditos ECTS» y también podrán pedir en los requisitos que se piden para cursarlas, de modo que en algunas no hará falta que una persona tenga un título específico previo. «Lo que es nuevo es la incorporación de esta perspectiva», ha dicho.
MODIFICACIONES EN LA ELECCIÓN DEL RECTOR
El nuevo borrador de la Ley vuelve a modificar el procedimiento para ser elegido rector, después de varios cambios en los sucesivos borradores que se han ido conociendo del proyecto normativo. El anterior borrador, con Manuel Castells como ministro, fijaba una serie de requisitos para los candidatos a rector, que ahora se eliminan y quedan en manos de las propias universidades.
Así, los candidatos deberán ser funcionarios Doctores de los cuerpos docentes universitarios, pero serán los Estatutos de cada universidad los que determinen qué requisitos deberán reunir para presentarse (méritos de investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal).
Además, el rector, cuyo mandato será de 6 años improrrogables y no renovables, será elegido mediante elección directa por sufragio universal ponderado por todos los miembros de la comunidad universitaria y también serán las propias universidades las que fijarán el procedimiento para su elección y establecerán los porcentajes y procedimiento de ponderación de cada sector. En todo caso, tendrán que asegurar que la representatividad del PDI permanente no sea inferior al 51%.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Por otro lado, la futura Ley realiza un «despliegue significativo de derechos de los estudiantes». Así, el proyecto recoge hasta 17 derechos de los estudiantes en términos de la formación académica, entre los que se encuentran: conocer los planes docentes de las asignaturas en las que prevea matricularse y ser informado de la lengua de impartición de cada materia; ser informado con la debida antelación de las modalidades, presencial, virtual o híbrida, de la docencia y la evaluación; y acceso prioritario a los cursos de actualización de estudios y formación a lo largo de la vida que su universidad de origen realice.
El derecho académico más significativo que recoge el borrador es que los estudiantes tendrán derecho a paro académico, garantizando, en cualquier caso, el derecho a la educación del estudiantado. Las universidades desarrollarán las condiciones para el ejercicio de dicho derecho y el procedimiento de declaración del paro académico, que será efectuada por el órgano de representación del estudiantado. Según ha explicado Subirats, no se podrá ejercer este derecho en fechas señaladas para la evaluación.
Con respecto a los derechos de participación y representación, la LOSU dicta que las universidades «garantizarán» la participación del estudiantado en «la creación del conocimiento y su concreción en los planes de estudios y las guías docentes; la evaluación de los títulos universitarios y de la docencia; la gestión de los servicios vinculados a la vida universitaria; la promoción activa de la innovación docente; la vinculación con la sociedad y el entorno local e internacional; y la convivencia universitaria y la mediación y resolución alternativa de conflictos».