Una persona puede llegar a presentar incapacidad laboral, cuando esta no es capaz de poder asistir ni cumplir con su trabajo, es decir, realizar las funciones de este.
Esto puede ocurrir por diversas razones, bien sea por un accidente, lo cual puede conllevar a una pensión de invalidez, pero también a lo que se llama una gran invalidez. ¿Has escuchado de ello? De no ser así te invitamos a que sigas leyendo y conozcas de que trata y todo lo referente a ella
¿Cuáles son los tipos de incapacidad laboral?
Existen dos tipos básicas de incapacidad laboral:
- Incapacidad laboral temporal: es la que comúnmente se conoce como baja médica.
- Incapacidad laboral permanente: es cuando el trabajador tras someterse a un tratamiento médico, presenta una enfermedad o lesión grave, la cual disminuye o anula por completo su capacidad laboral. Esta se clasifica de acuerdo a los siguientes grados:
- Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual: en esta el trabajador su rendimiento baja pero no le impide realizar las tareas esenciales.
- Incapacidad permanente total para la profesión habitual: el trabajador está inhabilitado para su profesión, pero no para realizar otra.
- Incapacidad permanente absoluta: es cuando se inhabilita por completo al trabajador para todo oficio.
- Gran invalidez: incapacidad que requiere la ayuda de tercero para hacer actividades básicas.
¿Qué es una gran invalidez?
La gran invalidez está representada por el grado máximo de incapacidad laboral que se otorga a una persona, que posee una incapacidad permanente y que por la cual no puede realizar las tareas por sí sola.
Cuando esto ocurre, la persona requiere de cuidados además de que recibe un complemento económico, adicional a la correspondiente por incapacidad laboral y puede ser que quieras saber cómo calcular la gran invalidez.
Este adicional está destinado a pagar a la persona que la cuida, y para aprobarse la gran invalidez es indispensable que la persona no pueda hacer tareas básicas como: desplazarse, vestirse o comer sola.
¿Cuáles son los requisitos para obtener la pensión de gran invalidez?
Para lograr obtener la pensión por gran invalidez, se deben considerar los siguientes requisitos:
- Sea provocada la incapacidad por una de las siguientes causas:
- Accidente de trabajo.
- Enfermedad profesional.
- Enfermedad común.
- Accidente no laboral.
- Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o similar a alta:
- Estar cotizando.
- Similar al alta, quiere decir: la jubilación anticipada, estar cobrando el paro o la baja por maternidad y paternidad, entre otros.
- Hay una excepción que es estar en situación de no alta, cuando se haya cotizado 15 años a la Seguridad Social y al menos 3 hayan sido dentro de los últimos 10 años.
- No tener la edad de jubilación ordinaria:
- Para 2021 es de 66 años o 65 años, de los cuales al menos 37 años y 3 meses sean cotizados.
- Exceptuando cuando la enfermedad aparece pasada la edad de jubilación ordinaria y es de tipo profesional.
- Tener cubierto un período mínimo de cotización, el cual varía de acuerdo a la edad y razón de la invalidez:
- Pero si la razón es por accidente o enfermedad laboral este requisito no es necesario.
- Si es por una enfermedad común o un accidente no laboral puede darse lo siguiente:
- Alta o asimilada y menor de 31 años de edad, no se exige cotización pero sí un período de la tercera parte del tiempo que va entre los 16 años y el hecho.
- Alta o asimilada y de 31 años o más de edad, se exige cotización de un cuarto del tiempo de 20 años hasta el hecho que originó la invalidez (mínimo de 5 años). Y que ese quinto sea entre los 10 últimos años anteriores al hecho.
- No alta se exige un período de cotización de 15 años y un período específico de 3 años en los últimos 10.
¿Cuánto se cobra por la pensión de gran invalidez?
La pensión por gran invalidez está constituida por la suma del importe por incapacidad permanente y el importe del complemento destinado a al pago de la persona que cuida al incapacitado.
En este caso, el trabajador calificado recibe una pensión de por vida del 100% de la base reguladora y el complemento representa la suma del 45% de la base mínima de cotización y el 30% de la última nómina del trabajador.
Aunque no debe ser menor al 45%, por pensión de incapacidad permanente, si la Gran invalidez en por accidente de trabajo o enfermedad profesional aumenta en un 30% y un 50%, según se haya producido por:
- Por máquinas, artefactos o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que no tengan dispositivos de precaución reglamentarios, estén inutilizados o en malas condiciones.
- Cuando no contarán con las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, salubridad, adecuaciones al personal de trabajo.
¿Se puede revisar la pensión de Gran invalidez?
Todas las resoluciones que hacen reconocimiento al derecho de las pensiones de incapacidad permanente, en sus clasificaciones incluidos la gran invalidez, se pueden revisar.
Esto cuando la persona se agrave o tenga mejoría en su estado y las lesiones invalidantes, en el plazo de la propia resolución, y el encargado de ello es el Instituto Nacional de la Seguridad Social, así como de modificar la decisión.
¿Se puede negar la Gran invalidez?
Puede ser posible que el INSS niegue la gran invalidez, si considera que la enfermedad o lesión no es grave e incapacitante para requerir de una persona que le asista cotidianamente en la vida.
Por ello, es necesario contar con los soportes médicos de la enfermedad que se sufre, y de ser negada, hay un plazo para interponer un reclamo ante la administración.
Si luego de reclamar, que es indispensable para ir al juzgado, se desestima la petición, se debe presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.
¿Cuáles son las enfermedades más habituales por que se solicita la Gran invalidez?
Entre las enfermedades para considerar una gran invalidez están:
- Ceguera o déficit visual muy severo.
- Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
- Enfermedad de Alzheimer.
- Fibrodisplasia Osidificante Progresiva (FOP).
- Displasia fibrosa.