En España, cumplir 52 años y quedarse sin empleo puede ser tan angustiante como incierto. Las oportunidades escasean, los contratos brillan por su ausencia y el currículum, por más nutrido que esté, parece perder brillo frente a los perfiles más jóvenes. Ante esta realidad, el SEPE ofrece un salvavidas económico a quienes, con más experiencia que suerte, buscan reinsertarse en un mercado laboral cada vez más exigente.
Hablamos del subsidio para mayores de 52 años, una ayuda mensual que va mucho más allá del ingreso económico. Este respaldo permite, además, seguir cotizando para la jubilación, lo cual es vital para quienes se acercan al final de su vida laboral. Pero atención: hay un requisito clave que, si no se cumple, puede conllevar la pérdida inmediata del subsidio. El SEPE ha sido tajante al respecto.
2¿Quién puede solicitar este subsidio? Requisitos que no se pueden pasar por alto
Aunque este subsidio está dirigido a quienes más lo necesitan, no está abierto a todos los desempleados mayores de 52 años. Para poder acceder a él, el SEPE exige cumplir una serie de condiciones muy concretas. Algunas tienen que ver con la edad, otras con la situación laboral y, por supuesto, con las cotizaciones previas. Estos son los requisitos imprescindibles:
- Tener 52 años cumplidos en el momento de la solicitud. No se admite la presentación anticipada ni con previsión de alcanzar la edad poco después.
- Estar en situación legal de desempleo, sin importar si la pérdida del trabajo fue voluntaria o no. También pueden acceder quienes trabajen a tiempo parcial, siempre que sus ingresos no superen ciertos límites.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE y renovar esa inscripción periódicamente. Además, es obligatorio demostrar que se está buscando trabajo activamente. ¿Cómo? Participando en entrevistas, aceptando ofertas o asistiendo a cursos de formación.
- Haber trabajado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral. De esos, al menos dos deben encontrarse dentro de los últimos 15 años antes de solicitar el subsidio. También se exige haber cotizado un mínimo de 6 años a la prestación por desempleo.
- No superar el umbral de rentas establecido. En 2025, el límite se fija en el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, en 888 euros brutos al mes. Si el solicitante supera ese ingreso —ya sea por alquileres, rendimientos del capital o cualquier otro concepto—, pierde automáticamente el derecho al subsidio.
- Haber agotado otras prestaciones previas. Este subsidio solo se puede solicitar como última opción, una vez terminado el paro contributivo o cualquier otro subsidio disponible para colectivos específicos.