Especial 20 Aniversario

Motivos por los que te puedes quedar sin pensión contributiva

La pensión contributiva es la única fuente de ingresos de muchas familias, una pensión a la que pueden acceder aquellas personas trabajadoras que han cotizado durante al menos 15 años en el régimen de la Seguridad Social.

Asimismo, también influyen tanto la categoría profesional como el salario base de cara a la percepción del 100% de la prestación. Aquellas personas que no cumplan con estos requisitos no tendrán la posibilidad de acceder a este tipo de pensión, y en su lugar podrán solicitar una pensión no contributiva.

En 2025, la pensión mínima de jubilación contributiva es de 12.241,60 euros anuales para los jubilados mayores de 65 años sin cónyuge a cargo. Para los jubilados con cónyuge a cargo, la pensión mínima es de 15.786,40 euros anuales.

LA PENSIÓN CONTRIBUTIVA ES PARA LAS PERSONAS QUE HAN COTIZADO, AL MENOS, 15 AÑOS A LA SEGURIDAD SOCIAL

Para efectuar el cálculo de la pensión habrá que tener en consideración diferentes factores, como el número de días cotizados, la base salarial y la edad de jubilación. En muchos casos, al hacer el cálculo, el resultado final es de una cuantía por debajo de la pensión mínima.

Además, las personas que han cotizado menos de 15 años tampoco tienen derecho a una prestación de carácter contributivo. Aquellos trabajadores que, incluso cumpliendo los requisitos, tienen derecho a la percepción de una pensión que se sitúa por debajo de la mínima, podrán solicitar el denominado complemento a mínimos. Este está enfocado a que los beneficiarios puedan recibir la denominada como «pensión digna» cada mes.

Suspender Pensión Contributiva Fuente: Europa Press
Suspender Pensión Contributiva Fuente: Europa Press

Es importante tener claro que la Seguridad Social podrá suspender, pero nunca quitar una pensión de manera definitiva. Según consta en el artículo 3 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), todas las prestaciones son irrenunciables. Ahora bien, sí es posible suspenderla de manera temporal o embargar una parte, aunque respetando ciertos límites.

SUSPENDER UNA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA

Aquí, la Seguridad Social explica que puede suspender la pensión de jubilación por no comunicar cualquier cambio o modificación en los datos personales o bancarios. Esta obligación, recogida en la sección 2.ª del capítulo III de la Ley General de la Seguridad Social, tiene como objetivo mantener actualizada la información en los registros. Una vez que el pensionista haya aportado la documentación exigida, el organismo procederá a restaurar nuevamente la pensión.

La entrega de la fe de vida y la declaración anual de rentas son trámites obligatorios, y la falta de cumplimiento puede llevar a la suspensión temporal de la pensión.

Las pensiones no contributivas son una prestación económica que concede el Estado a las personas que no han cotizado el tiempo suficiente o que no cumplen todos los requisitos para optar a una pensión contributiva. La Seguridad puede suspenderlas por superar el umbral de ingresos máximos, por no hacer la declaración anual de rentas o por no informar de cambios en la situación personal.

Dicho umbral aumenta cada año, pero varía según la convivencia y los parientes presentes. Así, aumenta para la convivencia solo con cónyuge o parientes consanguíneos de segundo grado:

  • 2 convivientes: 12.326,02 euros por año.
  • 3 convivientes: 17.401,44 euros por año.
  • 4 convivientes: 22.476,86 euros por año.

Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

  • 2 convivientes: 30.815,05 euros por año.
  • 3 convivientes: 43.503,60 euros por año.
  • 4 convivientes: 56.192,15 euros por año.

En caso de superarse estos límites, el IMSERSO, que es el organismo que gestiona estas prestaciones junto a las comunidades autónomas, podrá suspender la pensión hasta que vuelvan a cumplirse los requisitos.

NO PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL DE INGRESOS

Cada año, los beneficiarios de una pensión no contributiva deben presentar una declaración de ingresos antes del 31 de marzo. No hacerlo puede resultar en la suspensión temporal de la pensión.

Aunque esta suspensión se puede levantar una vez que se presenten los documentos necesarios, el retraso puede causar problemas económicos a corto plazo.

DETECTAR IRREGULARIDADES

La detección de irregularidades en la percepción de la pensión puede llevar a su retirada. Esto incluye situaciones como declarar información falsa o incompleta en la solicitud o durante las revisiones anuales.