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¿Dónde es obligatorio el distintivo ambiental de la DGT y qué pasa si no lo llevas?

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La movilidad sostenible se ha convertido en una de las grandes políticas públicas de nuestro país. La necesidad de reducir los niveles de contaminación en las ciudades, mejorar la calidad del aire y adaptarse a los estándares medioambientales ha llevado a la implementación de medidas orientadas a ordenar el tráfico según el tipo de vehículo. Una de las herramientas más visibles —y también más debatidas— es la etiqueta medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT).

El debate sobre si es obligatorio o no llevar este distintivo pegado en el parabrisas ha generado cierta confusión entre los conductores. A pesar de que la DGT no ha impuesto una obligatoriedad generalizada en todo el país, muchas ciudades han desarrollado normativas propias que condicionan la circulación de los vehículos a la portación visible de esta etiqueta.

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El marco legal y la normativa vigente

El marco legal y la normativa vigente
Fuente: Agencias

Desde su puesta en marcha, uno de los puntos que ha generado mayor confusión es si llevar el distintivo ambiental en el parabrisas es obligatorio o no. En términos estrictamente legales, la DGT ha señalado que la colocación de la etiqueta no es obligatoria de forma general para todos los vehículos. No existe una norma nacional que imponga sanciones por no llevarla. Sin embargo, esto no significa que no pueda ser obligatoria en la práctica.

En muchas ciudades, especialmente aquellas que han puesto en funcionamiento Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), como Madrid, Barcelona o Sevilla, portar el distintivo se ha vuelto un requisito indispensable para circular por determinadas áreas. Las ordenanzas municipales han establecido que los vehículos deben contar con la etiqueta ambiental visible para acceder a ciertas zonas, especialmente durante episodios de alta contaminación o en barrios donde se han implementado planes de restricción del tráfico.

Esta aparente contradicción entre lo que establece la normativa nacional y lo que aplican las autoridades locales ha llevado a muchos conductores a cometer errores. Algunos, confiados en que no existe una obligación a nivel estatal, circulan por zonas restringidas sin la etiqueta, sin saber que están expuestos a sanciones económicas por parte del ayuntamiento correspondiente. En este contexto, resulta crucial entender que, aunque la DGT no exige llevar el distintivo como norma general, su uso puede ser exigido por los entes locales con plenas facultades para imponerlo dentro de su territorio.