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Inspección de Trabajo está aplicando multas a parados que cobran ayudas del SEPE

La Inspección de Trabajo, en coordinación con los Ministerios de Seguridad Social y Trabajo, ha intensificado los controles hacia los parados que cobran ayudas del SEPE, el Servicio Público de Empleo Estatal. Esto, para detectar a personas que cobran el paro mientras trabajan sin estar dadas de alta en la Seguridad Social.

Y no por otra razón que porque se considera como una práctica ilegal que puede acarrear consecuencias muy graves. Como tal, este tipo de fraude se basa en un doble engaño. Por un lado, el trabajador recibe ingresos sin cotizar, y por otro, sigue cobrando una prestación pública destinada exclusivamente a personas en situación legal de desempleo.

COBRAR EL PARO DEL SEPE MIENTRAS SE TRABAJA SIN DECLARARLO VULNERA EL SISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL

Esta conducta, que vulnera claramente el sistema de protección social, está tipificada como infracción muy grave por la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Es así que la Inspección de Trabajo ha endurecido las sanciones contra aquellas personas y empresas que mantienen trabajadores en situación irregular mientras estos perciben ayudas del SEPE.

Se trata de una infracción muy grave que puede derivar en multas de hasta 225.018 euros y en la devolución de las prestaciones cobradas indebidamente. En términos generales, las autoridades han detectado un incremento de fraudes cometidos por empleados que reciben subsidios de desempleo y, al mismo tiempo, trabajan de forma opaca, sin alta previa.

¿Por qué es tan grave? Porque el trabajador obtiene ingresos por una vía ilegal, a la vez que sigue cobrando una ayuda pública destinada exclusivamente a desempleados. En consecuencia, la Inspección de Trabajo, coordinada con los Ministerios de la Seguridad Social y de Trabajo, puede imponer fuertes sanciones a empresarios y empleados que incumplan la normativa.

Sepe: Fuente: Europa Press
Sepe: Fuente: Europa Press

Pero la responsabilidad no recae solo en la empresa. Los trabajadores también pueden ser sancionados si aceptan un empleo sin comunicarlo al SEPE. En estos casos, se les exige la devolución íntegra de todas las ayudas cobradas indebidamente durante el periodo en que estuvieron trabajando sin informar. Además, pueden recibir una multa económica y quedar excluidos temporalmente del acceso a otras prestaciones públicas.

CONSECUENCIAS PARA LOS QUE RECIBEN AYUDAS DEL SEPE POR DESEMPLEO MIENTRAS TRABAJAN

Los empleados que perciben prestaciones por desempleo mientras trabajan sin declararlo también enfrentan serias repercusiones:

  • Devolución de prestaciones: deben reembolsar todas las cantidades indebidamente percibidas.
  • Sanciones adicionales: pueden perder el derecho a recibir futuras prestaciones durante un periodo determinado y enfrentar multas económicas adicionales.

TIPOS DE INFRACCIÓN Y SANCIONES POSIBLES PARA LOS RESPONSABLES DEL FRAUDE

  • Si la infracción es grave: la sanción puede oscilar entre 751 euros si es mínima y 7.500 euros sí es máxima.
  • Si la infracción es muy grave: la sanción puede oscilar entre 30.001 euros si es mínima y 120.005 euros si es máxima.
  • Si la infracción es del grado máximo de gravedad: la sanción puede oscilar entre 120.006 euros si es mínima y 225.018 euros si es máxima.

El SEPE, por su parte, comunica estas situaciones y da un plazo para reintegrar ese dinero de 30 días desde la resolución del cobro indebido. Transcurrido ese periodo sin que se haya devuelto, emitirá una certificación de descubierto que da inicio a la vía de apremio, que según explica el ente público, «tiene un recargo del 20%» sobre la cantidad cobrada indebidamente.

Si no es posible devolverla en plazo, se puede solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda. Eso sí, su aprobación «conllevará la aplicación del correspondiente interés de demora».

En el caso de que la persona no reintegre ese dinero y después sea beneficiaria de prestaciones por desempleo, el SEPE realizará la compensación del cobro indebido con la prestación, independientemente de que se le haya concedido el aplazamiento o fraccionamiento.

A veces el paro se percibe indebidamente por causas ajenas al beneficiario. Por ejemplo, cuando la empresa readmite tras sentencia judicial a un trabajador al que ha despedido previamente. Dicha compañía está obligada a abonar los salarios que el empleado haya dejado de cobrar desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia de readmisión.