Especial 20 Aniversario

Los objetos prohibidos por la DGT pueden costarte hasta 30.000 euros de multa

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Uno de los aspectos que la Dirección General de Tráfico (DGT) vigila con mayor severidad es el transporte de armas u objetos considerados peligrosos. Llevar un arma de fuego en el vehículo sin la autorización correspondiente está tipificado como una infracción grave, con sanciones que pueden superar los 30.000 euros. Además, si los agentes consideran que existe un riesgo potencial para la seguridad pública, el conductor podría enfrentarse a cargos penales, incluyendo penas de prisión de entre 3 y 6 meses.

Pero no solo las armas de fuego están prohibidas por la DGT. Cualquier objeto que pueda utilizarse como arma puede ser motivo de sanción si no se justifica su presencia en el vehículo. En este artículo te contaremos en detalle qué dice la normativa sobre la portación de objetos.

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Consecuencias legales: cuando la multa no es el único problema

Consecuencias legales: cuando la multa no es el único problema
Fuente: Agencias

En los casos más graves, llevar objetos prohibidos no solo acarrea sanciones económicas, sino también consecuencias legales. La posesión ilegal de armas, por ejemplo, está tipificada como delito en el artículo 384 del Código Penal, con penas que incluyen prisión de 3 a 6 meses, multas de hasta 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad.

Si durante un control se descubre que el conductor transporta herramientas para cometer un delito —como dispositivos para robos o sustancias estupefacientes—, el caso podría pasar a la jurisdicción penal. Por eso, antes de meter algo en el maletero, es fundamental preguntarse: ¿realmente necesito llevarlo? ¿Tengo la autorización necesaria? Porque, como hemos visto, el precio de no hacerlo puede ser mucho más alto de lo que imaginamos.