Uno de los aspectos que la Dirección General de Tráfico (DGT) vigila con mayor severidad es el transporte de armas u objetos considerados peligrosos. Llevar un arma de fuego en el vehículo sin la autorización correspondiente está tipificado como una infracción grave, con sanciones que pueden superar los 30.000 euros. Además, si los agentes consideran que existe un riesgo potencial para la seguridad pública, el conductor podría enfrentarse a cargos penales, incluyendo penas de prisión de entre 3 y 6 meses.
Pero no solo las armas de fuego están prohibidas por la DGT. Cualquier objeto que pueda utilizarse como arma puede ser motivo de sanción si no se justifica su presencia en el vehículo. En este artículo te contaremos en detalle qué dice la normativa sobre la portación de objetos.
3DGT: objetos aparentemente inofensivos que podrían costarte una multa
De acuerdo a lo informado por la DGT, algunos artículos que parecen inocuos pueden convertirse en un problema durante un control de tráfico. Por ejemplo, llevar radares detectores —a diferencia de los avisadores, que sí están permitidos— está prohibido y puede suponer una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carné. Tampoco es recomendable transportar sustancias que puedan confundirse con drogas, como determinados suplementos en polvo sin etiquetar, ya que podrían llevarnos a un test de drogas obligatorio.
Otro caso curioso es el de los reproductores de DVD o pantallas accesibles al conductor. Si los agentes consideran que pueden distraer al conductor, podrían multarnos por llevar un sistema de entretenimiento no homologado. Incluso los airbags de repuesto mal almacenados pueden ser motivo de sanción si no se transportan de forma segura.