La confusión entre profesionales dedicados a la alimentación y la salud es más común de lo que parece, generando un desconcierto que puede afectar directamente a quienes buscan asesoramiento especializado. El papel del dietista en el sistema sanitario español ha estado históricamente rodeado de ambigüedades terminológicas y conceptuales que dificultan su correcta identificación por parte del público general. Esta situación provoca que muchas personas acudan a profesionales sin la formación adecuada, comprometiendo potencialmente su salud y bienestar al recibir recomendaciones nutricionales sin el respaldo científico necesario.
La distinción entre estas dos figuras profesionales va mucho más allá de una simple cuestión semántica, adentrándose en terrenos formativos, competenciales y legales que resultan determinantes para la calidad asistencial. Los expertos del sector llevan años reclamando una clarificación normativa que proteja tanto a los profesionales cualificados como a los usuarios de servicios nutricionales. La realidad es que la mayoría de ciudadanos desconoce que existen diferencias sustanciales entre ambos perfiles, lo que genera una peligrosa equiparación entre profesionales con formación universitaria reglada y personas que han realizado cursos no oficiales de dudosa validez académica. Este desconocimiento no solo perjudica a los verdaderos especialistas, sino que constituye un riesgo para la salud pública que las autoridades sanitarias deberían abordar con urgencia.
2EL MARCO LEGAL: DÓNDE PUEDE TRABAJAR CADA PROFESIONAL
La regulación profesional marca otra distinción crucial entre dietistas y nutricionistas en el contexto español. La figura del dietista está reconocida oficialmente como profesión sanitaria según la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), lo que le otorga competencias legales para trabajar en entornos clínicos y hospitalarios, colaborando con otros profesionales sanitarios en el tratamiento integral de pacientes. Este reconocimiento legal implica que solo los dietistas titulados pueden ocupar plazas en el sistema público de salud, realizar diagnósticos nutricionales o diseñar pautas alimentarias para patologías específicas. Los colegios profesionales de dietistas-nutricionistas, presentes en la mayoría de comunidades autónomas, velan por el cumplimiento deontológico y la buena praxis, estableciendo protocolos de actuación basados en la evidencia científica y sancionando las malas prácticas que puedan comprometer la salud de los pacientes. Esta estructura colegial proporciona garantías adicionales para los usuarios de servicios dietéticos.
Quienes carecen de la titulación oficial no pueden legalmente presentarse como dietistas ni ejercer competencias sanitarias reservadas a estos profesionales, aunque la falta de control efectivo facilita el intrusismo profesional. El vacío normativo ha permitido que proliferen consultas de asesoramiento nutricional dirigidas por personas sin la cualificación académica necesaria, generando situaciones potencialmente peligrosas para los usuarios. Mientras el dietista puede trabajar legítimamente en hospitales, centros de salud, residencias geriátricas o con deportistas de élite, quienes no poseen esta titulación deberían limitar su actividad al ámbito de la educación general sobre hábitos alimentarios saludables, sin adentrarse en el terreno terapéutico. La administración sanitaria española ha mostrado cierta pasividad ante este problema, permitiendo que personas sin formación universitaria especializada realicen intervenciones nutricionales en pacientes con patologías complejas como diabetes, enfermedad renal crónica o trastornos de la conducta alimentaria. Esta situación contrasta con el estricto control que se ejerce sobre otras profesiones sanitarias como medicina o enfermería.