Si tienes bienes o activos en el extranjero y su valor supera los 50.000 euros, esta información te interesa, pues tienes un documento pendiente por presentar, antes del 31 de marzo, si no quieres enfrentarte a sanciones económicas severas. Se trata del Modelo 720, una declaración informativa obligatoria que la Agencia Tributaria exige a los contribuyentes para controlar el patrimonio que poseen fuera de España.
No cumplir con esta obligación dentro del plazo estipulado (31 de marzo) puede traducirse en multas que van desde los 100 euros hasta los 20.000 euros en los casos más graves. Si eres español ya debes saber que Hacienda no deja margen para el error, y cualquier omisión o inexactitud en la información proporcionada también puede derivar en sanciones adicionales, así que es mejor ir con cuidado.
A pesar de las críticas que ha recibido y de que la justicia europea lo declaró contrario al Derecho de la Unión, el Modelo 720 sigue vigente y su incumplimiento sigue siendo castigado con dureza. España lo mantiene como una herramienta clave en la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales, por lo que los contribuyentes deben prestar especial atención a esta obligación.
La ventaja, si es que puede considerarse como una ventaja, es que la presentación se realiza de forma telemática a través de la web de la Agencia Tributaria, y es fundamental no dejarlo para el último momento para evitar problemas técnicos o errores en la declaración. Si tienes dudas sobre si debes presentarlo, lo mejor es consultar con un asesor fiscal cuanto antes para evitar sorpresas desagradables.
¿Quiénes están obligados a presentarlo y qué información debe incluir?
Todos los residentes fiscales en España que tengan bienes o activos en el extranjero están obligados a presentar el Modelo 720 si el valor total de estos supera los 50.000 euros. Este documento debe incluir información detallada sobre cuentas bancarias en el exterior, valores, inversiones, seguros de vida y propiedades inmobiliarias fuera del país. Si en años anteriores ya se presentó esta declaración, solo será necesario volver a hacerlo si el valor de los activos ha aumentado en más de 20.000 euros respecto a la última declaración.
En el formulario, es fundamental especificar los saldos y valores actualizados de los bienes, así como la identificación de las entidades bancarias o empresas emisoras de valores. Ante cualquier duda, recuerda que cualquier error u omisión en los datos puede derivar en sanciones, por lo que es recomendable revisar toda la información antes de enviarlo. La Agencia Tributaria ha reforzado el control sobre este trámite y sobre todos los trámites que realiza, por lo que quienes tengan patrimonio en el extranjero deben prestar especial atención para evitar problemas.
Las sanciones que impone Hacienda por no cumplir con este trámite
No presentar el Modelo 720 dentro del plazo establecido puede salir muy caro. Hacienda impone sanciones que pueden oscilar entre los 100 euros por pequeños errores hasta los temidos 20.000 euros en los casos más graves. Si la declaración no se presenta o se hace fuera de plazo, las multas pueden alcanzar los 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos no declarados, con un mínimo de 10.000 euros. En el caso de errores en la información proporcionada, la sanción puede ser del 2% del valor total de los activos no declarados, así de importante puede ser contar con la revisión del documento antes de enviar.
Y por si acaso no te habías enterado, Hacienda puede acumular sanciones si detecta varias irregularidades en la declaración. Hay que recordar que la Agencia Tributaria española sigue exigiendo el cumplimiento de este modelo, incluso a pesar del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestionó las sanciones desproporcionadas de este modelo. Por eso, es clave presentar el documento en tiempo y forma para evitar problemas con la Agencia.
Cómo presentar el documento de forma sencilla y evitar errores
Si eres uno de los afectados por esta medida, recuerda que el Modelo 720 se presenta de manera telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Si prefieres realizar los trámites desde la comodidad de tu casa seguro ya cuentas con el certificado digital o Cl@ve PIN, ya que facilita el proceso sin necesidad de acudir físicamente a ninguna oficina.
El formulario por su parte, ya está disponible en la web de Hacienda, por lo que se recomienda no dejarlo para el último momento y evitar colapsos en la plataforma los últimos días del plazo, una práctica bastante común esa de dejar todo para los últimos días.
No olvides además que para minimizar errores, lo mejor es recopilar con tiempo toda la documentación necesaria y verificar que los datos coincidan con los extractos bancarios o escrituras de propiedad, asegúrate de que cuentas con la documentación solicitada en orden.
En caso de no estar seguro de suministrar información, recuerda que siempre es mejor consultar con un asesor fiscal especializado, ya que puede marcar la diferencia entre una presentación correcta y una posible sanción, que además este año vienen con montos considerables. La clave está en actuar con tiempo, revisar bien la información y cumplir con la normativa antes del 31 de marzo para evitar disgustos innecesarios.