La Ley de eficiencia espera acelerar los desahucios en plena crisis de vivienda

La Ley de Eficiencia del Servicio de la Justicia, que incluye una enmienda para agilizar los desahucios en casos de ocupación ilegal mediante allanamiento de morada o usurpación, entrará en vigor el próximo 3 de abril de 2025. Esta medida reducirá significativamente los tiempos de desalojo, permitiendo resoluciones en un plazo máximo de 15 días, siempre que no se apruebe una ley orgánica que la derogue antes de su implementación.

La reforma, impulsada por el PNV y apoyada por diversas formaciones, ha generado divisiones en el Congreso y críticas desde sectores como Unidas Podemos y organizaciones sociales, que temen un impacto negativo en el acceso a la vivienda. No obstante, el PNV ha aclarado que la medida está dirigida únicamente a casos de ocupación con intención delictiva y no afecta a familias vulnerables protegidas por normativas específicas.

Hasta ahora, los desahucios podían tardar entre cuatro meses y dos años en ejecutarse, especialmente si los ocupantes se encontraban en situación de vulnerabilidad. Esta reforma supone un cambio significativo en el tratamiento legal de estos casos, aunque su futuro dependerá de los posibles movimientos legislativos en los próximos meses.

La nueva reforma: cómo y cuándo se aplicará la agilización de los desahucios

La Nueva Reforma: Cómo Y Cuándo Se Aplicará La Agilización De Los Desahucios

La reciente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal tiene como objetivo principal agilizar los procesos de desahucio en casos de ocupación ilegal. Esta reforma permite que los propietarios de inmuebles afectados puedan presentar una solicitud de desalojo ante los tribunales de manera más rápida, eliminando pasos intermedios que antes prolongaban los procedimientos. Además, se establece que el juez deberá dictar la orden de desalojo en un plazo máximo de 15 días hábiles, siempre que se cumplan los requisitos legales.

La entrada en vigor de esta reforma está prevista para el 3 de abril de 2025, según el calendario oficial publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A partir de esa fecha, los tribunales deberán aplicar las nuevas disposiciones en todos los casos de ocupación que se registren. No obstante, las solicitudes presentadas antes de dicha fecha continuarán bajo el marco normativo anterior, lo que genera un periodo de transición para las administraciones de justicia y los afectados.

Para que los desalojos exprés sean efectivos, los propietarios deberán aportar pruebas claras de su legítima titularidad del inmueble y demostrar que la ocupación no cuenta con su consentimiento. Asimismo, la ley establece que estas medidas no podrán aplicarse en casos de ocupación de vivienda habitual o cuando existan menores o personas en situación de vulnerabilidad en el inmueble. En estos casos, los servicios sociales deberán intervenir para garantizar una solución habitacional antes de proceder con el desalojo.

¿Quiénes se verán afectados por la nueva normativa?

¿Quiénes Se Verán Afectados Por La Nueva Normativa?

La implementación de juicios exprés, prevista en la Ley de Eficiencia del Servicio de la Justicia, permite acelerar el proceso de desalojo en casos de allanamiento de morada, una de las vertientes más conflictivas de la okupación. Según la nueva normativa, los juicios por este tipo de delitos deberán celebrarse en un plazo máximo de 15 días desde que el caso se pone a disposición judicial. Este cambio, que entrará en vigor el próximo 3 de abril salvo modificaciones legislativas, busca garantizar una respuesta más ágil frente a situaciones en las que los okupas han irrumpido en domicilios ajenos. Sin embargo, esta reforma deja fuera a los inquiokupas, cuya situación se complica debido a la naturaleza de los contratos previos.

A pesar de las promesas de celeridad, expertos señalan que la aplicación de esta medida puede generar problemas legales. Uno de los principales obstáculos radica en la diferenciación entre allanamiento y estafa, ya que este último, en el caso de los inquiokupas, requiere pruebas claras de que el inquilino actuó con intención premeditada de no pagar. Además, la falta de recursos suficientes en los juzgados y la posibilidad de que se interpongan apelaciones pueden dilatar el cumplimiento efectivo de las resoluciones. Este panorama genera dudas sobre si la reforma realmente solucionará el problema o si simplemente acelerará una parte limitada de los casos.

Las críticas también apuntan al mantenimiento del Real Decreto Ley 11/2020, que protege a los ocupantes considerados vulnerables, bloqueando su desalojo incluso en casos de allanamiento. Aunque esta medida busca salvaguardar derechos fundamentales, muchos propietarios y juristas consideran que se ha convertido en una herramienta para abusos. Sin un filtro efectivo que verifique la vulnerabilidad, situaciones como embarazos premeditados o declaraciones infundadas complican la ejecución de los desalojos. Así, aunque los juicios exprés representan un avance en términos de rapidez, la reforma sigue dejando interrogantes sobre su capacidad para resolver de manera integral el problema de la okupación.

Inquiokupación: el desafío silencioso del mercado de alquiler

Inquiokupación: El Desafío Silencioso Del Mercado De Alquiler

La inquiokupación ha transformado el mercado del alquiler, sembrando miedo y desconfianza entre los pequeños propietarios. Este fenómeno, en el que un inquilino deja de pagar tras firmar un contrato con intenciones fraudulentas, afecta a miles de arrendadores que ven cómo su única propiedad queda atrapada en un limbo legal. «Muchos propietarios prefieren mantener sus viviendas vacías a enfrentarse al riesgo de una inquiokupación», explicó Ferran Font, director de estudios de Pisos.com, quien señala que este problema está reduciendo la oferta de viviendas disponibles para el alquiler tradicional.

Las medidas actuales, diseñadas para abordar la okupación tradicional, no contemplan las particularidades de la inquiokupación. A diferencia del allanamiento, que puede resolverse rápidamente bajo el procedimiento abreviado, la inquiokupación requiere pruebas más complejas, como demostrar la intención de fraude desde el inicio. Esto convierte cada caso en una batalla legal prolongada que deja a los propietarios en una situación vulnerable. Los expertos señalan que este tipo de okupación debería tramitarse como un ilícito penal, permitiendo agilizar la expulsión a través de denuncias por estafa.

El impacto de la inquiokupación no solo afecta a los propietarios, sino que también endurece las condiciones de alquiler para futuros inquilinos. Ante el temor a posibles impagos, los arrendadores exigen garantías desproporcionadas o migran hacia modelos como el alquiler turístico, disminuyendo aún más la oferta de viviendas asequibles. Este desafío, aunque menos visible que otras formas de okupación, exige una respuesta específica que equilibre los derechos de los propietarios con la protección de los inquilinos vulnerables.