¿Te pueden multar si te pasas solo un poco? La DGT despeja todas las dudas sobre los radares y la velocidad máxima

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Los radares son herramientas esenciales para el control del tráfico en las carreteras y el cumplimiento de las normas de velocidad. Sin embargo, generan preguntas frecuentes entre los conductores, especialmente sobre su margen de error y el punto exacto en el que comienzan a multar. Ante rumores recientes sobre supuestos cambios en este margen, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha sido tajante: no se ha modificado nada y no hay planes para hacerlo en 2025. A continuación te explicaremos cómo operan estos márgenes y por qué es crucial respetar los límites de velocidad para evitar multas y otras sanciones.

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Variaciones en los márgenes: ¿Qué factores influyen?

Variaciones en los márgenes: ¿Qué factores influyen?

La conocida «regla del 7» no siempre aplica de forma universal, ya que los márgenes de error varían según el tipo de radar y su mantenimiento. La Orden ICT/155/2020 establece diferencias claras: los radares fijos nuevos tienen un margen de error de 3 km/h en vías con límites inferiores a 100 km/h y del 3% en las superiores. Por su parte, los radares móviles nuevos presentan un margen de 5 km/h y del 5% respectivamente. En los radares revisados, los márgenes son mayores: 5 km/h o 5% en los fijos, y 7 km/h o 7% en los móviles.

Estas variaciones en los márgenes responden a diferencias técnicas y al grado de precisión en las mediciones. Los radares nuevos cuentan con ajustes más precisos debido a su calibración reciente, mientras que los revisados presentan márgenes más amplios para compensar posibles desviaciones.

La DGT subraya que estos márgenes no deben interpretarse como una autorización para superar los límites de velocidad, sino como una medida de precisión destinada a evitar sanciones injustas por errores técnicos o factores externos, como las condiciones climáticas, que puedan alterar el rendimiento de los radares.