La reforma fiscal de 2025 trae consigo importantes cambios en el panorama tributario español. Una de las medidas más destacadas es la reconfiguración del gravamen a la banca, que se transformará de prestación patrimonial a impuesto. Este cambio permitirá que tanto las haciendas forales como las comunidades autónomas puedan gestionarlo.
El nuevo sistema establece un tipo progresivo que oscila entre el 1% y el 7% sobre los márgenes de intereses y comisiones, dependiendo del volumen de cada entidad. Para las grandes energéticas se implementará un nuevo gravamen que incluye una bonificación máxima del 60% para inversiones en descarbonización.
A partir del 1 de enero de 2025, se producirá la vuelta a los tipos normales del IVA en varios productos esenciales. Los alimentos básicos volverán al 4% (tipo superreducido), mientras que la pasta y los aceites de semilla se situarán en el 10%. Una novedad importante es que el aceite de oliva y los productos derivados de la leche mantendrán el tipo superreducido del 4%.
En cuanto a la factura eléctrica, se establecerá de forma permanente el IVA del 21%, lo que supondrá un cambio significativo para los consumidores después de varios años de medidas excepcionales.
Deducciones y beneficios fiscales especiales
El nuevo marco fiscal incluye importantes beneficios para la eficiencia energética, con deducciones de hasta el 60% por obras de mejora en viviendas. También se mantiene la deducción del 15% para vehículos eléctricos y puntos de recarga hasta finales de 2025.
Para los autónomos, se prorrogan los límites de tributación por módulos, y las pequeñas empresas con facturación inferior a un millón de euros se beneficiarán de una reducción en el Impuesto de Sociedades, con un tipo del 17% para los primeros 50.000 euros.
Entre las medidas más relevantes para los trabajadores, destaca la elevación del límite que obliga a presentar la declaración de la Renta con varios pagadores, pasando de 1.500 a 2.500 euros, lo que beneficiará a numerosos contribuyentes.
La reforma también contempla el establecimiento de un tipo mínimo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades para grandes corporaciones y un incremento en la tributación de las rentas de capital superiores a 300.000 euros, que pasarán del 28% al 30%.