La Navidad es una de las épocas más esperadas del año, un momento de celebración que transforma no solo nuestros hogares, sino también las calles, los comercios y, en muchos casos, nuestros coches. Decorar el vehículo con elementos navideños se ha convertido en una tendencia divertida y creativa, pero hacerlo sin tener en cuenta las normas puede traer problemas. La Dirección General de Tráfico (DGT) advierte que ciertos adornos pueden ser ilegales, con sanciones que alcanzan los 500 euros. Conocer lo que está permitido y lo que no es clave para evitar multas y disfrutar de las fiestas sin complicaciones legales.
2Adornos navideños prohibidos: ¿Qué sanciona la DGT?
La ley es clara: cualquier elemento decorativo que altere las dimensiones originales del coche o que no esté homologado puede ser motivo de sanción. Entre los adornos más populares que entran en esta categoría se encuentran los cuernos de reno que se colocan en las ventanillas, las narices rojas en el capó y las colas de peluche en el maletero.
Estas decoraciones, por más simpáticas que resulten, se consideran modificaciones graves según el artículo 76 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Las multas por este tipo de infracciones oscilan entre los 200 y los 500 euros, dependiendo de la gravedad y del criterio del agente de la DGT. Además, si el adorno no está correctamente instalado y se desprende durante la conducción, el conductor puede enfrentarse a sanciones adicionales. En este caso, se considera que el elemento representa un peligro para la seguridad vial, lo que agrava la infracción.
Otro aspecto que muchos conductores desconocen es la obligación de notificar a la compañía de seguros sobre cualquier modificación en el vehículo. Si no lo hacen y ocurre un accidente, la aseguradora podría negarse a cubrir los daños, dejando al conductor en una posición legal complicada.