Las 2 cosas que la DGT te obliga a llevar en el coche

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La Dirección General de Tráfico (DGT) trabaja constantemente para mejorar la seguridad vial en nuestro país. Con el objetivo de reducir el número de accidentes y fallecidos en carretera, ha implementado una serie de normativas que todos los conductores deben conocer y cumplir. Entre ellas, destaca la obligación de llevar ciertos elementos en el vehículo, esenciales tanto para evitar multas como para garantizar la seguridad de los usuarios de las vías. Si bien la DGT obliga a los usuarios de vehículos contar con cierta documentación y elementos de seguridad, hay dos que son imprescindibles. Aquí te contaremos cuáles son.

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Documentación obligatoria: los tres elementos que no pueden faltar

Documentación obligatoria: los tres elementos que no pueden faltar

Uno de los aspectos fundamentales de la normativa de la DGT es la obligatoriedad de portar tres documentos esenciales en el vehículo:

Permiso de circulación: Este documento acredita que el vehículo está autorizado para circular por las vías públicas. Contiene información básica como los datos del propietario, las características del coche y su matrícula.
Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV): Certifica que el vehículo ha pasado las revisiones técnicas obligatorias y se encuentra en condiciones óptimas para circular.
Carné de conducir: Este documento acredita la capacidad del conductor para manejar el vehículo de acuerdo con la categoría correspondiente.

Desde 2008, ya no es obligatorio llevar la póliza de seguro ni el justificante de pago, pero los tres documentos mencionados son imprescindibles. Aunque el carné de conducir puede presentarse en formato digital a través de la app miDGT, los otros dos deben estar físicamente en el coche. No contar con ellos puede acarrear multas de hasta 200 euros, según la gravedad de la infracción.