El Gobierno, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, está iniciando un análisis de la «situación actual para establecer el horizonte de cálculo de los profesionales» necesarios para garantizar los cuidados en las residencias.
«En este sentido, en el Acuerdo de Acreditación de 2022 está prevista la aprobación de un Sistema de Evaluación de la Calidad del SAAD que, a través de la Ponencia técnica, realizará, entre otras actividades, la revisión de forma continua de los estándares de atención de cada uno de los servicios y prestaciones del SAAD, su aplicación y proponer las oportunas mejoras y modificaciones a la Comisión Delegada», sostiene el Ejecutivo.
En una respuesta por escrito al Grupo Plurinacional de Sumar en el Congreso, recogida por Europa Press, señala que los resultados de las evaluaciones de los servicios del SAAD, conforme al Sistema que se apruebe, «tendrán carácter público y abierto y serán difundidos y actualizados mediante los medios que se determinen». «Con ello se conocerá el grado de cumplimiento de las residencias de mayores en relación con las ratios de profesionales», subraya.
En este contexto, recuerda que el 28 de junio de 2022, el Consejo Territorial adoptó un acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del SAAD, con el objeto de reforzar la calidad de los servicios (especialmente los de carácter residencial); las condiciones laborales de las personas que trabajan en ellos; las medidas necesarias para paliar la insuficiencia en el número de profesionales del que adolece el sector, junto a la estimación de las previsiones de los profesionales necesarios en los próximos años; la posible revisión de los precios de los conciertos y la adopción de las medidas necesarias para el cumplimiento de estos estándares, incluyendo un refuerzo de las inspecciones.
La competencia para acreditar centros, servicios y entidades corresponde a las comunidades autónomas en su ámbito territorial (artículo 16 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre). «Como se recoge en los Acuerdos mencionados, serán las respectivas administraciones en su ámbito competencial las que emitan la correspondiente normativa y procedan para dar cumplimiento al Acuerdo, cuyo seguimiento y control deberá efectuarse por los servicios de inspección autonómicos», añade.
No obstante, el Gobierno subraya que en los distintos Acuerdos se prevé en el apartado de la Mejora progresiva de la calidad lo siguiente: «en el marco del nivel de protección convenido y dentro de los criterios que se establezcan, se acordarán créditos para facilitar la consecución de los objetivos del presente Acuerdo y la mejora progresiva de la calidad del Sistema.