La Audiencia Nacional rechaza el último recurso de Pedro Rocha y mantiene la resolución del TAD que le inhabilita por dos años
Pedro Rocha no podrá presentarse a las próximas elecciones a la presidencia de la RFEF, Real Federación Española de Fútbol, previstas para el 16 de diciembre, después de que la sala de Contencioso-Administrativo la Audiencia Nacional haya desestimado la petición de que se suspendiera de forma cautelar la inhabilitación.
Una inhabilitación que era por dos años y que le impuso el Tribunal Administrativo del Deporte al expresidente de la RFEF. Con todo, Pedro Rocha, el dirigente extremeño, fue inhabilitado por el TAD el pasado mes de julio por haberse extralimitado en sus funciones como presidente de la Comisión Gestora de la RFEF al decidir el despido del anterior secretario general, Andreu Camps.
Pedro Rocha, sancionador «por tres infracciones muy graves»
Así, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado la cautelar que solicitaba Pedro Rocha en sus reiterados intentos para la pena de inhabilitación que le impuso el TAD en julio y poder presentar su candidatura a las elecciones del próximo 16 de diciembre.
El tribunal afirma que Rocha ha sido «sancionado por tres infracciones muy graves» y que «tienen en común, indiciariamente, el ejercicio de competencias que no le correspondían, de conformidad con la normativa reguladora de la Federación, desoyendo las normas internas de funcionamiento y privando al órgano de gobierno de conocer decisiones de su exclusiva competencia.
Los magistrados añaden que existe un riesgo real de que sus conductas puedan reiterarse
La Sala sostiene que la sanción de inhabilitación tiene por objeto garantizar el recto ejercicio de sus funciones por los órganos que las tienen atribuidas. «En este caso, fue expedientado, precisamente, por actuar de manera arbitraria, sustituyendo la voluntad del ente federativo por la suya propia y sustrayendo al órgano de gobierno el ejercicio de competencias que le correspondían de forma exclusiva», recuerda.
Por tanto, añaden los magistrados, «cabe pensar que de acordarse la medida cautelar y continuar el interesado en el cargo de presidente de la RFEF, existe un riesgo real de que estas conductas puedan reiterarse con la consiguiente lesión grave a los bienes jurídicos que la normativa disciplinaria trata de proteger».