La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha nuevas restricciones para los conductores que padecen determinadas enfermedades. Estas normativas, impulsadas para reducir la siniestralidad vial, apuntan a aquellos diagnósticos que pueden comprometer la capacidad de conducir de forma segura. La DGT ha señalado que algunas enfermedades, temporales o permanentes, incapacitan a los afectados para obtener o renovar el carnet de conducir. A partir de 2025, quienes sufran alguna de estas dolencias deberán presentar un informe médico especializado que certifique su aptitud para seguir al volante. A continuación te contaremos que conductores tendrán prohibido conducir el próximo año.
2Enfermedades respiratorias: Un obstáculo para la conducción
Entre las patologías que limitan la capacidad de conducción, las enfermedades respiratorias juegan un papel relevante. La DGT ha especificado que quienes sufran de apnea del sueño y disnea severa deben someterse a una evaluación exhaustiva. La apnea del sueño, un trastorno en el que la respiración se interrumpe repetidamente durante el sueño, puede provocar somnolencia diurna excesiva, lo cual es un factor de riesgo en carretera. Los conductores que padecen apnea tienen mayores probabilidades de quedarse dormidos al volante, con las consecuencias que esto conlleva.
Por otro lado, la disnea, que puede aparecer tanto en reposo como ante el menor esfuerzo, limita la capacidad pulmonar del conductor y su habilidad para reaccionar ante situaciones de peligro. La DGT exige que las personas con disnea crónica o apnea tratada, pero incontrolada, presenten un informe de un especialista que indique su aptitud para conducir. En algunos casos, el carnet de conducir puede suspenderse temporalmente hasta que el paciente consiga estabilizar su condición.