El Tribunal Supremo confirma la sentencia a un brigada que quiso vender en Wallapop un desfibrilador del Ministerio de Defensa

Un brigada del Ejército del Aire ha sido condenado a un año y dos meses de prisión y suspensión militar de empleo por vender un desfibrilador del Ministerio de Defensa en Wallapop. El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid, desestimando el recurso del condenado.

El brigada, que trabajaba en la sección de material y suministro, aprovechó su acceso a cuatro desfibriladores sin inventariar para poner uno a la venta en la plataforma online por 900 euros. Este caso pone de manifiesto la importancia de la gestión de activos y del control de inventario, especialmente en instituciones como el Ministerio de Defensa que manejan material sensible.

La investigación y la sentencia del Tribunal Supremo

La Guardia Civil descubrió la venta del desfibrilador durante una investigación sobre la desaparición de otro dispositivo similar. Al rastrear Wallapop, los agentes encontraron el anuncio publicado por el brigada con su nombre y número de teléfono. Tras concertar una cita, el brigada mostró el desfibrilador a los agentes, incluso demostrando su funcionamiento. Aunque este desfibrilador no era el que buscaban inicialmente, pertenecía a la Unidad de Apoyo Logístico Sanitario. El brigada, durante el encuentro, llegó a ofrecer a los agentes más material sanitario, baterías y otros desfibriladores, momento en el que se identificaron como agentes de la autoridad.

El brigada alegó problemas económicos derivados de una separación matrimonial como justificación para sus actos. Confesó conocer la existencia de los desfibriladores y haberlos sustraído. En su vehículo, la Guardia Civil encontró tres desfibriladores más, propiedad de las Fuerzas Armadas. La sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid incluyó la pena de prisión y la suspensión de empleo. El recurso presentado por el brigada ante el Supremo alegaba la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia. Sin embargo, el Supremo desestimó estos argumentos, argumentando que la prueba obtenida legalmente y valorada racionalmente desvirtuaba la presunción de inocencia.

Este caso trasciende el simple hurto y plantea importantes cuestiones sobre la seguridad y el control de inventario en el ámbito militar. La facilidad con la que el brigada accedió a los desfibriladores y la falta de un inventario actualizado demuestran vulnerabilidades en los protocolos de gestión de material. Además del delito de hurto, se podría considerar la posible implicación de otros individuos o la existencia de fallos sistémicos que permitieron la sustracción.