La DGT te va a multar por ir marcha atrás salvo en estas situaciones

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Cuando circulamos por nuestras ciudades y carreteras, es común ver a un coche realizar una maniobra en marcha atrás. Ya sea para saludar a un amigo o corregir un error de dirección, este tipo de movimientos parecen rutinarios. Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) nos recuerda que, aunque aparentemente inofensiva, esta acción puede acarrear sanciones si no se respetan ciertas reglas. A continuación te contaremos que acciones están permitidas por la DGT y en qué casos podría aplicarte una dolorosa multa.

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Conclusión

Conclusión

Aunque la marcha atrás puede parecer una maniobra simple y común, su uso está estrictamente regulado por la DGT. Realizarla en situaciones no permitidas puede suponer no solo una multa considerable, sino también la pérdida de puntos en el carné de conducir y, en casos más graves, la posibilidad de generar un accidente. Por ello, es fundamental que todos los conductores conozcan las excepciones y restricciones establecidas por la normativa para evitar problemas y garantizar la seguridad de todos los usuarios de las vías.

Conocer las normativas de la DGT es esencial para evitar sanciones y garantizar una conducción segura. La marcha atrás, aunque parece una maniobra inofensiva, está regulada estrictamente, y solo se permite en situaciones específicas como calles sin salida o maniobras de estacionamiento. Realizarla en autopistas o autovías puede llevar a multas de hasta 500 euros y la pérdida de 4 puntos en el carné. La DGT no solo establece las reglas, sino que también ofrece recomendaciones para realizar esta maniobra de manera segura, subrayando la importancia de la precaución y la señalización adecuada.

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