La instalación y mantenimiento de un ascensor en una comunidad de propietarios suele generar controversias, especialmente cuando se trata de determinar quién debe asumir los costos. Esta cuestión afecta particularmente a los propietarios de plantas bajas y locales comerciales, quienes a menudo cuestionan la necesidad de contribuir a un servicio que raramente utilizan. Sin embargo, la legislación y la jurisprudencia han establecido criterios claros al respecto, buscando un equilibrio entre el beneficio común y las particularidades de cada propietario.
En este artículo exploraremos las complejidades legales y prácticas del pago del ascensor en las comunidades de vecinos.
3Gastos de mantenimiento: ¿Quién debe pagarlos?
Si bien la instalación del ascensor suele ser una decisión que involucra a todos los propietarios, los gastos de mantenimiento pueden manejarse de manera diferente. Generalmente, los gastos ordinarios y de mantenimiento del ascensor son asumidos por todos los propietarios, incluidos los dueños de bajos y locales comerciales. Sin embargo, muchas comunidades llegan a acuerdos para eximir o reducir la contribución de aquellos que no utilizan el ascensor regularmente.
Es importante destacar que estos acuerdos deben ser aprobados en la junta de propietarios y reflejados en los estatutos de la comunidad. No existe una regla única que se aplique a todas las situaciones, y cada comunidad puede establecer sus propias normas siempre que se respeten los principios básicos de la Ley de Propiedad Horizontal.
En cuanto a los gastos extraordinarios, como reparaciones mayores o modernizaciones del ascensor, generalmente se considera que todos los propietarios deben contribuir, ya que estas mejoras afectan al valor y la funcionalidad del edificio en su conjunto.