La instalación y mantenimiento de un ascensor en una comunidad de propietarios suele generar controversias, especialmente cuando se trata de determinar quién debe asumir los costos. Esta cuestión afecta particularmente a los propietarios de plantas bajas y locales comerciales, quienes a menudo cuestionan la necesidad de contribuir a un servicio que raramente utilizan. Sin embargo, la legislación y la jurisprudencia han establecido criterios claros al respecto, buscando un equilibrio entre el beneficio común y las particularidades de cada propietario.
En este artículo exploraremos las complejidades legales y prácticas del pago del ascensor en las comunidades de vecinos.
2El ascensor como elemento de revalorización: ¿Cuánto añade a tu propiedad?
Uno de los argumentos más fuertes para justificar que todos los propietarios contribuyan a la instalación del ascensor es el aumento de valor que este aporta al edificio en su conjunto. Según diversos estudios, la revalorización de una propiedad con ascensor puede oscilar entre un 20% y un 39%, dependiendo de factores como la ubicación y la antigüedad del edificio.
En el caso específico de los bajos, contrariamente a lo que muchos piensan, también se benefician de esta revalorización. En ciudades como Madrid, se estima que un bajo con ascensor en el edificio puede revalorizarse en torno a un 35%. Este aumento de valor se debe a que el edificio en su conjunto se vuelve más atractivo y accesible, lo que repercute positivamente en todas las propiedades, incluidas las plantas bajas.
Esta revalorización es un factor crucial a considerar cuando se debate sobre la contribución de los propietarios de bajos al costo del ascensor. Aunque no lo utilicen directamente, se benefician indirectamente a través del aumento del valor de su propiedad.
Y los gastos de mantenimiento y los garajes, ¿quién tiene que pagarlos?