La pensión de viudedad es un tema de gran interés para muchas parejas de hecho en España. Con el avance de las uniones no matrimoniales, surge la pregunta: ¿tienen derecho a esta prestación las parejas de hecho? La respuesta no es tan sencilla como parece.
A continuación, exploramos las condiciones y requisitos establecidos por la Seguridad Social, así como una reciente sentencia que ha aportado un matiz a esta cuestión.
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La posibilidad de que las parejas de hecho accedan a la pensión de viudedad es un tema complejo que requiere una comprensión clara de los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Aunque en general se exige una inscripción mínima de dos años, la reciente sentencia del TSJ de Murcia sugiere que en situaciones excepcionales puede haber margen para la flexibilidad.
Es fundamental que las parejas de hecho sean conscientes de sus derechos y de los requisitos que deben cumplir para solicitar esta prestación. Además, la evolución de la jurisprudencia en este ámbito puede cambiar el panorama de las pensiones de viudedad, ofreciendo una mayor protección a quienes eligen vivir en pareja sin matrimonio.