¿Las parejas de hecho pueden pedir la pensión de viudedad? Responde la Seguridad Social

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La pensión de viudedad es un tema de gran interés para muchas parejas de hecho en España. Con el avance de las uniones no matrimoniales, surge la pregunta: ¿tienen derecho a esta prestación las parejas de hecho? La respuesta no es tan sencilla como parece.

A continuación, exploramos las condiciones y requisitos establecidos por la Seguridad Social, así como una reciente sentencia que ha aportado un matiz a esta cuestión.

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La sentencia del TSJ de Murcia y su impacto

La sentencia del TSJ de Murcia y su impacto

En julio de 2023, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia trajo consigo un cambio significativo al conceder la pensión de viudedad a una mujer cuya pareja de hecho había fallecido solo dos meses y medio después de solicitar su inscripción. Este fallo se aparta de la rigidez de los requisitos legales, basándose en circunstancias excepcionales como los 18 años de convivencia y dos hijos en común.

Esta decisión ha generado debate sobre si las condiciones estrictas deberían ser reevaluadas a la luz de la realidad social actual. La sentencia ha planteado la cuestión de si es posible aplicar criterios más flexibles en situaciones donde se puede demostrar la estabilidad de la relación, incluso si no se cumplían todos los requisitos formales.