Sindicatos y patronal no lograron un acuerdo en el convenio de harinas panificables y sémolas

La reunión de la comisión negociadora del convenio de harinas panificables y sémolas, celebrada el miércoles de manera extraordinaria, buscaba estudiar la aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo sobre la cláusula de revisión del convenio 2019-2022. Lamentablemente, la reunión concluyó sin acuerdo entre las partes, según informa UGT FICA en un comunicado.

El sindicato recuerda que no firmó el convenio colectivo del sector con vigencia 2019-2022, debido a que consideraba que la redacción del artículo sobre la cláusula de revisión salarial era confusa y podía tener consecuencias negativas para los trabajadores, como finalmente ha ocurrido.

La Disputa sobre la Cláusula de Revisión Salarial

En el texto del convenio que no firmó UGT, se indicaba que «en el supuesto de que el IPC del año sea positivo, pero inferior al incremento acordado, sólo se actualizarán las tablas salariales al IPC más el 0,25%». Dado que el IPC de 2020 fue de un -0,50%, es decir, negativo, la patronal defendió que el incremento definitivo del año debía ser únicamente del 0,25% en lugar del 2,75% que pedía el sindicato firmante del convenio.

La sentencia de la Audiencia Nacional fue favorable a este sindicato, de forma que el incremento del 2,75% del año 2020 se consideró definitivo y se aplicó en las tablas salariales de ese año, sirviendo como base para los siguientes incrementos. Sin embargo, la reciente sentencia del Tribunal Supremo, a la que recurrió la patronal, le ha dado la razón, lo que implica que los trabajadores del sector podrían verse obligados a devolver los incrementos salariales que se les aplicó en base a la sentencia favorable de la Audiencia Nacional.

La Búsqueda de un Acuerdo Alternativo

Aunque UGT FICA no firmó ese convenio, ha intentado alcanzar un acuerdo con la patronal para minorar, en la medida de lo posible, el daño causado a los trabajadores. Han buscado fórmulas alternativas a la detracción y devolución de los incrementos cobrados de más en 2020 y la parte correspondiente al reajuste de los años sucesivos, como dejar el 2025 sin incremento salarial.

El sindicato considera que con esta fórmula se daría cumplimiento a la sentencia y se conseguiría que fuera menos gravoso para los trabajadores, quienes no tendrían que devolver cantidad alguna. Sin embargo, tras varios recesos solicitados por la representación empresarial para analizar la situación, la reunión finalizó sin alcanzar ningún acuerdo, por lo que las partes se emplazaron a una próxima reunión para el día 10 de octubre.