¿Tomar café, comer o fumar cuenta dentro del horario de trabajo?

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En el ámbito laboral, la definición de qué se considera «tiempo de trabajo efectivo» genera muchos debates. Entre estos, se encuentran las pausas para desayunar, fumar o tomar un café, que a menudo son prácticas cotidianas en muchas empresas. Sin embargo, las recientes sentencias del Tribunal Supremo y las normativas laborales ofrecen claridad sobre cuándo estos momentos de descanso pueden ser contabilizados como tiempo de trabajo. Hoy, exploraremos qué condiciones determinan si estas pausas forman parte de la jornada laboral o si deben ser descontadas.

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Pausas para fumar y tomar café: ¿cuándo se descuentan?

Pausas para fumar y tomar café: ¿cuándo se descuentan?

En una sentencia reciente, el Tribunal Supremo avaló que las empresas pueden obligar a los empleados a fichar en las pausas para fumar, tomar café o desayunar, y descontar este tiempo de la jornada laboral. Estas pausas no son consideradas tiempo efectivo de trabajo a menos que estén expresamente recogidas como tal en el convenio colectivo o en un acuerdo entre el empleado y la empresa. La sentencia fue motivada por una demanda presentada por CCOO contra la petrolera Galp, donde se argumentaba que los trabajadores tenían un derecho adquirido a que estas pausas fueran consideradas parte de la jornada, algo que fue rechazado por los tribunales.