¿Tomar café, comer o fumar cuenta dentro del horario de trabajo?

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En el ámbito laboral, la definición de qué se considera «tiempo de trabajo efectivo» genera muchos debates. Entre estos, se encuentran las pausas para desayunar, fumar o tomar un café, que a menudo son prácticas cotidianas en muchas empresas. Sin embargo, las recientes sentencias del Tribunal Supremo y las normativas laborales ofrecen claridad sobre cuándo estos momentos de descanso pueden ser contabilizados como tiempo de trabajo. Hoy, exploraremos qué condiciones determinan si estas pausas forman parte de la jornada laboral o si deben ser descontadas.

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¿Qué se entiende por tiempo de trabajo efectivo?

¿Qué se entiende por tiempo de trabajo efectivo?

El tiempo de trabajo efectivo, según la normativa europea y española, incluye cualquier periodo en el que el trabajador está en su puesto de trabajo a disposición del empresario y cumpliendo con sus funciones. Esto puede variar según el acuerdo colectivo o contrato. Las empresas tienen la libertad de establecer pausas obligatorias, como el descanso de 15 minutos cuando la jornada supera las seis horas, que puede o no estar remunerado. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha dejado claro que otras pausas, como las de café, fumar o desayunar, no necesariamente forman parte del tiempo efectivo de trabajo a menos que así se acuerde específicamente en el convenio o contrato.

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