Nuevas normas de la DGT para patinetes y bicicletas con amenaza de multas

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En las principales urbes de nuestro país, la movilidad sostenible se ha convertido en una realidad, pero con ella han surgido dudas que merecen ser aclaradas. La DGT (Dirección General de Tráfico) se enfrenta al desafío de regular el creciente uso de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP) en las ciudades españolas. Con el auge de estas alternativas de transporte, surge una pregunta crucial: ¿está permitido llevar pasajeros en estos vehículos? La DGT ha emitido recientemente una serie de directrices para aclarar esta cuestión, buscando equilibrar la seguridad vial con las nuevas tendencias de movilidad urbana. A continuación te contaremos que dice la DGT sobre este tipo de movilidad compartida.

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Patinetes eléctricos: Un vehículo estrictamente unipersonal

Patinetes eléctricos: Un vehículo estrictamente unipersonal

En cuanto a los patinetes eléctricos, clasificados como Vehículos de Movilidad Personal (VMP), la DGT es tajante: no está permitido llevar pasajeros bajo ninguna circunstancia. Esta prohibición se basa en la propia naturaleza y diseño de estos vehículos.

La DGT enfatiza que, como su nombre lo indica, un Vehículo de Movilidad Personal está diseñado para ser utilizado por una sola persona. Esta norma no admite excepciones, ni siquiera para niños pequeños. La razón principal es la seguridad: los patinetes eléctricos no están diseñados para soportar el peso adicional ni para maniobrar de manera segura con un pasajero.

Al igual que con las bicicletas, la multa por llevar un pasajero en un patinete eléctrico es de 100 euros. La DGT busca con esta medida no solo garantizar la seguridad de los usuarios de VMP, sino también la de los peatones y otros vehículos en la vía pública.