El Gobierno lanza nueva normativa sobre coches históricos para integrar vehículos de hace 3 décadas

La industria automovilística histórica en España acaba de recibir un impulso significativo con la aprobación de un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos por parte del Consejo de Ministros. Esta actualización de la normativa, que tiene tres décadas de antigüedad, viene a alinear la legislación española con los estándares europeos y a homogeneizar el tratamiento y los beneficios que se otorgarán a estos vehículos en los diferentes países.

La nueva regulación introduce cambios importantes, como la supresión de la categoría de «vehículos de colección» y el establecimiento de dos procedimientos de clasificación, uno más ágil para aquellos vehículos ya matriculados en España con más de 30 años de antigüedad y otro más complejo para el resto. Además, se establecen límites de velocidad y restricciones de uso para garantizar la seguridad y minimizar el impacto medioambiental de estos automóviles históricos.

La Clasificación de los Vehículos Históricos

Para que un vehículo pueda ser considerado histórico, deberá cumplir con una serie de requisitos, entre los que se encuentra haber sido fabricado o matriculado por primera vez hace al menos 30 años, haber dejado de producirse su modelo y mantener su estado original sin cambios fundamentales. Además, se exige que el vehículo se encuentre en un correcto estado de mantenimiento y conservación.

Asimismo, los vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, declarados de interés cultural o que hayan pertenecido a personalidades relevantes o acontecimientos históricos, también serán considerados históricos.

El nuevo Reglamento introduce dos procedimientos de clasificación. El primero, denominado «abreviado», está destinado a aquellos vehículos ya matriculados en España con una antigüedad mínima de 30 años y que se encuentren en circulación con la ITV en vigor. El segundo procedimiento, más complejo, será aplicable a los vehículos que no cumplan estos requisitos.

Normas de Circulación y Exenciones

La nueva normativa también regula las condiciones de circulación de los vehículos históricos. Establece un límite de velocidad de 80 km/h para aquellos que, por su diseño, no cuenten con cinturones de seguridad en las plazas delanteras. Además, prohíbe el transporte de menores de 135 cm de estatura en estos vehículos sin cinturones o sistemas de retención infantil.

Por otro lado, se exime de la inspección técnica periódica a los vehículos históricos con una antigüedad superior a 60 años, mientras que los ciclomotores clasificados como históricos quedan totalmente exentos de este requisito.

Impacto Económico y Nuevas Entidades

El Gobierno espera que esta actualización del Reglamento de Vehículos Históricos tenga un impacto económico positivo, al permitir que haya más profesionales y empresas dedicados a la restauración de este tipo de automóviles, así como un aumento en la actividad de compraventa.

Además, se introducen los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos, nuevas entidades encargadas de evaluar los vehículos que se pretendan clasificar como históricos y emitir los informes y certificados necesarios, en sustitución de los antiguos laboratorios oficiales de rango autonómico.

En resumen, el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos en España supone un avance significativo en la regulación de este sector, adaptándolo a las necesidades actuales y fomentando la preservación y el uso de estos tesoros del patrimonio automovilístico.