En una decisión trascendental, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la anulación de una base de la convocatoria de 2021 del proceso de selección para la creación de una bolsa de personal interino de Policía Local. La convocatoria exigía, como requisito de admisión, poseer el nivel B2 de euskera, lo cual ha sido considerado por el tribunal como una medida «desproporcionada y discriminatoria».
La sentencia del TSJPV ratifica la decisión previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Vitoria-Gasteiz, que en julio de 2022 anuló la base que establecía el requisito del nivel B2 de euskera. El tribunal de instancia consideró que dicha exigencia suponía un trato discriminatorio en el acceso a la función pública, al dejar fuera a aquellos aspirantes que no pudieran acreditar dicho nivel de euskera, pero que podrían ocupar legalmente determinados puestos de trabajo.
Exigencia de Perfil Lingüístico Cuestionada
El TSJPV ha rechazado el recurso presentado por la Academia Vasca de Policía y Emergencias y ha mantenido que la «exigencia de un determinado perfil de conocimiento del euskera para acceder a una bolsa de personal interino de Policía Local y no a una plaza concreta supone una actuación desproporcionada y discriminatoria que impide a quienes carecen de ese nivel acceder a plazas a cubrir mediante esa bolsa para las que no resulte exigible el perfil lingüístico referido».
Según el alto tribunal vasco, la bolsa de personal interino «no está predeterminada a ser destinada, exclusivamente, a puestos con perfil lingüístico vencido, sino a cualquier necesidad, en general, de las entidades locales de disponer de policías locales para las funciones que se refieren en la resolución». Por lo tanto, la exigencia del perfil lingüístico como requisito de acceso a la bolsa carece de sentido y es «un requisito desproporcionado, que limita el acceso a funciones y cargos públicos de los castellanoparlantes sin una razón objetiva».
Fallo a Favor de la Igualdad de Oportunidades
El TSJPV ha concluido que «no se está discutiendo la procedencia de exigir el perfil lingüístico para acceder a un puesto, sino a una bolsa que se va a utilizar para proveer puestos con y sin perfil lingüístico, y con perfil vencido y no vencido». Esta sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, representa un importante avance en la defensa de la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública, al evitar que requisitos lingüísticos desproporcionados limiten el acceso a puestos de trabajo que no los requieren de manera objetiva.