El Gobierno de Castilla y León ha expresado su firme decisión de recurrir la Ley de Amnistía ante el Tribunal Constitucional, por considerar que dicha norma vulnera hasta un total de catorce artículos o preceptos de la Constitución Española. Esta acción, que es la primera de una Comunidad Autónoma contra esta Ley, evidencia la convicción del Ejecutivo regional de que el Tribunal Constitucional estimará el recurso y declarará la inconstitucionalidad de la norma.
En una comparecencia pública, el consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, ha desgranado los principales argumentos jurídicos que sustentarán el recurso, los cuales ponen de manifiesto que la Ley de Amnistía supone una quiebra del Estado de Derecho y del principio de igualdad entre todos los españoles, así como una injerencia en las competencias de los poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo.
LEGITIMIDAD PARA RECURRIR
La Junta de Castilla y León se considera legitimada para interponer este recurso, ya que entiende que la Ley de Amnistía quebranta de forma arbitraria e interesada el principio de igualdad establecido en el artículo 14 de la Constitución, y vulnera además el artículo 139, que garantiza la igualdad territorial de todos los españoles. Esto afecta directamente a los ciudadanos de Castilla y León que residen o trabajan en Cataluña, así como a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado procedentes de esta Comunidad Autónoma que actuaron en dicho territorio.
Asimismo, la responsabilidad civil por daños derivada de las acciones delictivas cometidas durante el proceso independentista también se vería afectada por esta Ley, pues el Estado pretende amnistiar dichos hechos.
VULNERACIÓN DE PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Según el recurso presentado, la Ley de Amnistía quebranta el Estado de Derecho al incumplir el mandato constitucional de someterse a la propia Constitución. Además, se considera que vulnera el principio democrático establecido en el artículo 1.1, ya que no existe un principio democrático fuera de la Carta Magna.
Asimismo, la Ley incurre en fraude de ley al autorizar indultos generales, algo expresamente prohibido por el artículo 62 de la Constitución. Además, se argumenta que la norma supone una reforma constitucional encubierta, vulnerando el artículo 9.3 que establece la supremacía de la Constitución sobre el resto de normas.
INJERENCIA EN LA SEPARACIÓN DE PODERES
El recurso denuncia que la Ley de Amnistía transgrede el principio de separación de poderes, pues deslegitima al poder legislativo que aprobó las leyes aplicables a los delitos cometidos, interfiere en las competencias del poder judicial que juzgó estos casos, e impide la ejecución de actos y procedimientos administrativos del poder ejecutivo.
Además, la Ley vulnera la libertad ideológica al aplicar la amnistía de forma discriminatoria, favoreciendo a quienes poseen una determinada ideología y excluyendo a quienes no la comparten.
Por último, para las víctimas de la violencia del proceso independentista, la Ley de Amnistía suprime derechos fundamentales como la integridad física y moral, la libertad y seguridad, y la tutela judicial efectiva.
En definitiva, el Gobierno de Castilla y León ha presentado un recurso sólidamente fundamentado que demuestra que la Ley de Amnistía contraviene principios esenciales de la Constitución Española, y confía en que el Tribunal Constitucional la declare inconstitucional.