En una decisión histórica, el Comité Europeo de Derechos Sociales ha emitido una resolución que falla en contra de la regulación española sobre las indemnizaciones por despido improcedente. Según el sindicato UGT, esta resolución, que se hará pública el próximo 29 de julio, determina que la actual normativa española «viola» el artículo 24 de la Carta Social Europea.
El Comité Europeo de Derechos Sociales ha concluido que las indemnizaciones medias en España por un despido injusto, que rondan los 9.000 euros, carecen del carácter disuasorio y resarcitorio que establece la Carta Social Europea. Esto significa que el sistema actual no cumple con la obligación de dar una compensación adecuada a los trabajadores despedidos de manera improcedente.
Una Indemnización Justa y Disuasoria
Según el sindicato, la resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales establece que una indemnización por despido improcedente debe cumplir con dos requisitos fundamentales: Tener un carácter disuasorio, es decir, que no le «merezca la pena» al empleador incumplir la ley; y tener un carácter resarcitorio, de modo que cubra adecuadamente los daños sufridos por el trabajador.
El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha recalcado que esta resolución es de carácter vinculante para España. Por ello, ha exhortado a que el Gobierno, los sindicatos y la patronal se sienten a analizar una adaptación de la legislación española que permita dar cumplimiento a este fallo. Entre las posibles medidas, se baraja recuperar los 45 días por año trabajado que se derogaron en 2012, o abordar otras cuestiones relacionadas con el finiquito y los «abusos» durante el periodo de prueba.
Proteger la Estabilidad Laboral
Para los sindicatos, esta resolución representa un avance hacia la igualdad y la justicia, y les permitirá ir avanzando en el camino de la estabilidad laboral. Según Fernando Luján, vicesecretario general de política sindical de UGT, lo que se busca con esta demanda es proteger los contratos de trabajo y hacer que el despido sea la última opción, en un contexto en el que España tiene cerca de 900.000 extinciones de contratos al año.
Álvarez ha señalado que la finalidad de esta resolución no es encarecer el despido a los empresarios, sino evitar que haya despidos arbitrarios e injustos. En otras palabras, si no hay razones para el despido, que no se despida; y si las hay, que se justifiquen adecuadamente.
Tanto Álvarez como Luján han destacado que esta resolución histórica va a cambiar el concepto mantenido en España sobre el despido a lo largo del tiempo. Ahora, el reto es lograr una adaptación de la legislación española a través del diálogo social, aunque advierten que, de no ser así, estarán dispuestos a «pelear sentencia a sentencia» en defensa de los derechos de los trabajadores.