En el marco de las políticas de protección social en España, el Gobierno, a través del Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE), se encuentra en un punto crucial de debate y reforma sobre las prestaciones por desempleo. La distinción entre el subsidio por desempleo y la prestación contributiva, comúnmente conocida como «paro«, ha sido objeto de intenso escrutinio en los últimos meses. Con la necesidad de cumplir con los requisitos del Plan de Recuperación europeo y la urgencia de adaptar estas ayudas a la realidad económica actual, se plantean cambios significativos.
En este artículo te contaremos que modificaciones se discuten dentro del SEPE y aclararemos cuál es la diferencia entre estos dos tipos de prestaciones.
1SEPE: Descifrando la diferencia entre subsidio y paro
Para comprender la magnitud de los cambios propuestos por el SEPE, es fundamental entender las diferencias actuales entre el subsidio por desempleo y la prestación contributiva. Aunque ambas son ayudas destinadas a personas que han perdido su empleo, sus características, requisitos y alcances son notablemente distintos.
La prestación contributiva, coloquialmente conocida como «paro», es un seguro de desempleo gestionado por el SEPE. Esta ayuda está diseñada para aquellos trabajadores que han perdido su empleo de manera involuntaria o han visto reducida su jornada laboral entre un 10% y un 70%. Para acceder a esta prestación, es necesario haber cotizado a la Seguridad Social durante al menos 360 días en los últimos seis años.
Una característica distintiva del «paro» es que su duración está directamente relacionada con el tiempo de cotización del trabajador. Específicamente, se otorgan cuatro meses de prestación por cada año cotizado, con un límite máximo de dos años. La cuantía de esta ayuda se calcula en base al salario previo del trabajador, lo que generalmente resulta en una cantidad superior a la del subsidio.
Por otro lado, el subsidio por desempleo brindado por el SEPE es una ayuda no contributiva destinada a quienes no cumplen los requisitos para acceder a la prestación contributiva o la han agotado. Los requisitos para el subsidio son menos estrictos, requiriendo solo tres meses de cotización previa. Sin embargo, la cuantía es significativamente menor, fijándose actualmente en el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que equivale a 480 euros mensuales.