¿Es obligatorio ser presidente de la comunidad de vecinos? ¿Puedes negarte?

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Asumir el cargo de presidente de la comunidad de vecinos es una responsabilidad que muchos propietarios desean evitar. Sin embargo, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que el nombramiento es obligatorio para todos los propietarios, aunque existen ciertas excepciones que permiten solicitar el relevo. A continuación, exploramos algunas de las razones más comunes por las que uno puede evitar este cargo y los pasos a seguir para hacerlo.

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Avanzada edad o problemas de salud

Avanzada edad o problemas de salud

Una de las causas más aceptadas para rechazar el cargo de presidente de la comunidad es la avanzada edad o problemas de salud que impidan desempeñar las funciones asociadas. Aunque no existe una edad máxima establecida por ley, las complicaciones de salud propias de la edad pueden ser una razón válida para evitar el nombramiento. Las enfermedades o incapacidades físicas y mentales también se consideran razones justificadas. Es fundamental presentar documentación médica que acredite estas condiciones si se opta por acudir a la vía judicial.

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