Un hombre aceptó ir preso por maltratar, agredir, amenazar y coaccionar a su ex novia en Lugo

En una decisión que destaca la importancia del reconocimiento de los hechos y la conformidad de las partes, el Juzgado de lo Penal número 2 de Lugo ha impuesto una pena de un año y siete meses de cárcel a un hombre acusado de maltratar de manera habitual, lesionar, coaccionar y amenazar de muerte a su ex pareja en la capital lucense.

La Fiscalía solicitaba inicialmente una pena acumulada de siete años de cárcel por tales delitos, pero el procesado ha visto rebajada de manera considerable su condena tras alcanzar las partes un acuerdo de conformidad y reconocer el acusado su autoría de los hechos. Este caso ejemplifica cómo el reconocimiento de los hechos y la colaboración con la justicia pueden tener un impacto significativo en la determinación de la pena.

El Patrón de Abuso Doméstico: Maltratos, Lesiones y Amenazas

Los hechos, ocurridos entre 2018 y 2020, describen un patrón de abuso doméstico por parte del hombre de 49 años y vecino de Lugo hacia su entonces pareja sentimental. Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, el acusado insultó en reiteradas ocasiones a la víctima, la agredió mediante golpes y puñetazos, llegando incluso a fracturarle el dedo de una mano durante una discusión.

Además, el hombre profirió amenazas de muerte a su ex pareja en presencia del hijo de esta, menor de edad, y le envió varias fotografías de puentes, indicándole que se iba a matar, una vez consumada la ruptura entre ambos. Estos hechos, enmarcados en el agravante de parentesco, son de gran gravedad y han sido reconocidos por el acusado.

La Suspensión de la Pena de Prisión: Factores Determinantes

Pese a la gravedad de los hechos, el Juzgado ha resuelto suspender la ejecución de las penas privativas de libertad del condenado. Esta decisión se basa en varios factores clave:

  1. Ausencia de antecedentes penales del acusado.
  2. La suma de las penas impuestas no excede los dos años.
  3. El acusado ha abonado a la víctima una indemnización de 12.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

Cabe destacar que ni el Ministerio Fiscal ni la acusación particular se han opuesto a esta suspensión de la pena de prisión, la cual queda condicionada a que el condenado no vuelva a delinquir en un período de dos años y a que se someta a los programas formativos en materia de igualdad establecidos por los servicios sociales penitenciarios.

Este caso pone de manifiesto la importancia del reconocimiento de los hechos y la colaboración con la justicia, factores que pueden tener un impacto significativo en la determinación de la pena, incluso en casos de abuso doméstico de gran gravedad. Asimismo, destaca la relevancia de los antecedentes penales, el tiempo de condena y la reparación económica a la víctima como elementos clave en la decisión de suspender la pena de prisión.