La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene en marcha una iniciativa que podría cambiar la forma en la que muchos conductores españoles han obtenido y utilizado su permiso de conducir. En un movimiento que busca aumentar la seguridad vial, el organismo está planteando una modificación en su normativa que afectaría a los titulares del carnet B, el permiso de conducción para automóviles.
Actualmente, la legislación vigente permite a los conductores con el carnet B, siempre que hayan tenido el permiso durante al menos tres años, manejar motocicletas de hasta 125 centímetros cúbicos. Sin embargo, la DGT considera que esta medida, aunque facilita la movilidad, no cumple con los estándares de seguridad vial deseados. En consecuencia, se propone un cambio sustancial que podría alterar las reglas del juego para los futuros conductores. En este artículo te detallaremos cuáles son los cambios que introducirá la DGT. ¡No te lo pierdas!
4Conoce los requisitos actuales para conducir motocicletas
Según el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, los titulares del carnet B pueden manejar motocicletas homologadas como de 45 o 125 centímetros cúbicos, con una capacidad de carga máxima de 150 kilogramos y una potencia máxima del motor de 11 kilovatios. Esta normativa ha estado vigente durante más de una década, pero ahora enfrenta un posible cambio significativo.