La instalación de un ascensor en un edificio es un tema que ha generado debate entre los propietarios, especialmente cuando se trata de los vecinos de un bajo. La pregunta que surge es si están obligados a contribuir económicamente a esta mejora, incluso si no hacen uso directo del ascensor. La respuesta se encuentra en la legislación y en las decisiones judiciales que han sentado precedente en este asunto.
La Ley de Propiedad Horizontal establece que los propietarios deben contribuir a los gastos generales del edificio, incluyendo aquellos relacionados con la instalación y mantenimiento del ascensor, a menos que exista un acuerdo en contrario. Esto significa que, en principio, los vecinos de un bajo están obligados a participar en los costos asociados con el ascensor, independientemente de si lo utilizan o no.
El Tribunal Supremo ha respaldado consistentemente la posición de las comunidades de propietarios en este tema, dictaminando que tanto los dueños de locales comerciales como los de garajes deben compartir el costo de la instalación del ascensor, e incluso contribuir al acceso a nivel de calle (cota cero). Estas decisiones judiciales fundamentan la obligatoriedad para todos los propietarios de asumir los gastos asociados con el ascensor, con el objetivo de garantizar la accesibilidad y mejorar el valor del edificio.
1Obligación legal de los vecinos de contribuir al ascensor en los bajos
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece claramente la obligación de todos los propietarios en una comunidad de contribuir a los gastos generales que no se puedan individualizar, lo que incluye la instalación y mantenimiento de elementos comunes como los ascensores. En este contexto, los propietarios de bajos en comunidades de vecinos están sujeto a esta normativa, lo que implica que, por regla general, deben participar en los costos asociados con el ascensor, independientemente de si hacen uso directo de este servicio o no. Este marco legal busca garantizar la igualdad de derechos y deberes entre todos los copropietarios, promoviendo así la adecuada conservación y funcionamiento de las áreas comunes en el edificio.