¿Puede multarme la DGT si uso el móvil en un semáforo en rojo o un atasco?

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En la era digital, el teléfono móvil se ha convertido en un apéndice inseparable de nuestras vidas. Constantemente recibimos notificaciones, mensajes y avisos que generan la tentación de echar un vistazo al smartphone, incluso cuando estamos al volante. Sin embargo, las autoridades de la Dirección General de Tráfico (DGT) son claras: utilizar el móvil mientras conducimos, aunque el vehículo esté detenido, constituye una infracción grave que puede acarrear multas y la pérdida de puntos en el carné.

A pesar de las advertencias y las sanciones establecidas, muchos conductores siguen creyendo que pueden consultar el teléfono en momentos de parada, como semáforos en rojo o atascos. Esta falsa creencia pone en riesgo la seguridad vial y expone a los infractores a consecuencias legales y económicas severas. En este artículo disiparemos todas las dudas que existen al respecto y detallaremos a fondo la legislación vigente. ¡No te lo pierdas!

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DGT: excepciones y situaciones especiales

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No obstante, la ley contempla algunas excepciones. Utilizar el móvil mientras se conduce está permitido en caso de emergencia, siempre que no sea posible detener el vehículo en un lugar adecuado. También se admite su uso en áreas de servicio, gasolineras y zonas habilitadas específicamente para estacionar. Sin embargo, estas excepciones son muy limitadas y deben interpretarse de manera estricta. La DGT advierte que incluso en estas circunstancias, el uso del teléfono móvil debe ser breve y restringido únicamente a lo estrictamente necesario, evitando cualquier distracción prolongada que pueda comprometer la seguridad vial. La conducción segura sigue siendo la prioridad absoluta en todo momento.