La cartera o billetera es uno de esos elementos esenciales que solemos llevar encima a todas partes. En ella guardamos cosas tan importantes como el DNI, el carnet de conducir, tarjetas de crédito, dinero en efectivo y fotos de seres queridos, sin embargo, no todo lo que metemos en la cartera es legal. Existen ciertos objetos que están terminantemente prohibidos y que, si los llevas encima, te pueden costar una fuerte multa. Es el caso de estas pequeñas navajas con forma de tarjeta. Portar este tipo de navajas plegables puede suponer una multa de entre 601 y 30.000 euros según informaron autoridades de la Guardia Civil. Aunque a priori puedan resultar un objeto práctico y curioso, lo cierto es que se consideran armas blancas camufladas que atentan contra el orden público. En este artículo te contaremos los motivos que llevan a la Guardia Civil considerar a este tipo de tarjetas un peligro para la sociedad. ¡No te lo pierdas!
6Permitidas las navajas homologadas… pero cuidado
Las únicas navajas permitidas son aquellas homologadas para tal fin. Es decir, las clásicas navajas multiusos que podemos encontrar en cualquier tienda de deportes o camping. Eso sí, tampoco pueden sacarse y exhibirse en cualquier lugar. Aunque se disponga de licencia de armas, mostrar una navaja en un lugar público también puede ser constitutivo de sanción. Así pues, las navajas homologadas sí están permitidas, pero siempre con cuidado y sentido común. Nada de ir exhibiéndolas por la calle… tampoco es plan.