Mucho ojo: con estos despidos no tendrás derecho a paro

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Quedarse sin trabajo es siempre una situación difícil, sobre todo cuando se tiene familia que mantener. Por eso, uno de los primeros pensamientos que asaltan a quien pierde su empleo es si podrá o no cobrar la prestación por desempleo. Sin embargo, no basta solo con haber cotizado lo suficiente, también es necesario que el despido se ajuste a determinadas causas para poder cobrar el paro. Lo aclara el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web. Para percibir el paro hay que encontrarse primero en «situación legal de desempleo«. Es decir, haber dejado de trabajar en contra de la propia voluntad, independientemente del motivo. En este artículo te contaremos en qué casos no puedes percibir la prestación por paro.

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Solicitar formalmente la prestación

Solicitar formalmente la prestación

Una vez cumplidos los trámites previos, se podrá formalizar ya la solicitud de cobro de la prestación contributiva por desempleo ante el SEPE. Habrá que presentar toda la documentación requerida, entre ella el ya mencionado certificado de empresa. Por último, conviene adjuntar también todos aquellos documentos, comunicaciones o pruebas que ayuden a demostrar el motivo que llevó a poner fin a la relación laboral. Cuanto más se refuerce que concurre una de las causas válidas descritas antes, más fácil será conseguir el derecho al subsidio.