Mucho ojo: con estos despidos no tendrás derecho a paro

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Quedarse sin trabajo es siempre una situación difícil, sobre todo cuando se tiene familia que mantener. Por eso, uno de los primeros pensamientos que asaltan a quien pierde su empleo es si podrá o no cobrar la prestación por desempleo. Sin embargo, no basta solo con haber cotizado lo suficiente, también es necesario que el despido se ajuste a determinadas causas para poder cobrar el paro. Lo aclara el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web. Para percibir el paro hay que encontrarse primero en «situación legal de desempleo«. Es decir, haber dejado de trabajar en contra de la propia voluntad, independientemente del motivo. En este artículo te contaremos en qué casos no puedes percibir la prestación por paro.

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Cómo actuar para asegurarse el paro tras un cese voluntario

Cómo actuar para asegurarse el paro tras un cese voluntario

A la vista de lo anterior, quien está valorando renunciar voluntariamente a su empleo por alguno de los motivos válidos vistos debería seguir una serie de pasos para blindar su derecho futuro a cobrar el paro. Lo primero es poner en conocimiento de la compañía, antes del cese efectivo, esa decisión de extinguir el contrato, explicando las razones que le asisten para ello. Habitualmente se hace mediante un escrito o burofax, de forma que quede constancia documental. Hecho esto, el trabajador debe pedir a la firma que le emita el certificado de empresa, un documento imprescindible para tramitar después la prestación. En él tiene que figurar la fecha del último día trabajado y el motivo que originó la baja voluntaria. Con el citado certificado en su poder, el siguiente paso es inscribirse como demandante de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo de su comunidad autónoma. A continuación te contaremos cuáles son los siguientes pasos a seguir para cobrar el paro.