El truco para reducir a la mitad tus multas de tráfico: la estrategia legal de la DGT que todos deberían conocer

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Con el aumento de radares en las carreteras y de los agentes de tráfico, las odiadas notificaciones de multas de la Dirección General de Tráfico (DGT) golpean tarde o temprano a la mayoría de conductores de nuestro país. Pero existe un truco legal que puede ayudarte a ahorrar hasta la mitad del importe si te pones las pilas en el llamado «periodo voluntario» de pago durante los primeros 20 días. Eso sí, hacerlo implica renunciar a cualquier chance de recurrir la sanción después. En este artículo repasaremos esta y otras claves sobre los plazos para abonar las sanciones, los casos en que no procede la rebaja del 50% y las nuevas infracciones y cuantías incorporadas recientemente.

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Debes pagar el 100% transcurridos los primeros 20 días

Debes pagar el 100% transcurridos los primeros 20 días

Si te pasaste del periodo voluntario con descuento, comienza lo que se conoce como «periodo ordinario» para pagar tu multa. El mismo se extiende hasta 45 días hábiles después de recibir la notificación de la DGT. Durante el mismo ya no tienes descuento alguno, por lo que deberás abonar el 100% del importe en base fija que te corresponda según la infracción. El último momento para pagar la multa sin recargos adicionales es hasta el día 45 tras la notificación efectiva. Pasada esa fecha, desde la DGT se emite la providencia de apremio y se envía el cobro a la Agencia Tributaria para su exacción ejecutiva aplicándote un incremento extra del 20% al principal por mora. O sea que cuanto más demores el pago, más caro te saldrá.