Con el aumento de radares en las carreteras y de los agentes de tráfico, las odiadas notificaciones de multas de la Dirección General de Tráfico (DGT) golpean tarde o temprano a la mayoría de conductores de nuestro país. Pero existe un truco legal que puede ayudarte a ahorrar hasta la mitad del importe si te pones las pilas en el llamado «periodo voluntario» de pago durante los primeros 20 días. Eso sí, hacerlo implica renunciar a cualquier chance de recurrir la sanción después. En este artículo repasaremos esta y otras claves sobre los plazos para abonar las sanciones, los casos en que no procede la rebaja del 50% y las nuevas infracciones y cuantías incorporadas recientemente.
2DGT: 50% menos si pagas en los primeros 20 días hábiles
El llamado «periodo voluntario» para abonar la multa sin recargo comprende los primeros 20 días hábiles después de realizada la notificación de la infracción. Según informaron autoridades de la DGT, quien pague dentro de ese plazo obtiene una reducción del 50% sobre el importe en base fija que le correspondería. Eso sí, hacerlo implica renunciar expresamente a cualquier chance de recurrir o impugnar la sanción con posterioridad.